Buenos días heysel voy hacer algunas conjeturas cn el único fin d ayudarte, bueno primero los inmuebles hipotecados si se pueden vender o comprar como tu prefieras, lo único q tienes q cumplir dos requisitos 1- consignar en la venta q existe gravamen ( esto por el derecho q tiene tanto el comprador como el acreedor de saber sobre esa situación) y 2- agregar al documento para presentarlo al registro la autorización del acreedor para q s de la venta, después q con la venta se pague s exige del acreedor la cancelación dl gravamen sobre el inmueble.. Aaa todo cn base al art.2164 C.C, espero haberte ayudado