Colegas, disculpad mi ignorancia, pero no encuentro el articulado que determine cada cuanto deben realizarse las Juntas Generales de Socios en una Sociedad en Nombre Colectivo mencionadas entre los Arts. 88 y 90 del Código de Comercio.
Les agradeceré puedan ayudarme con lo pedido. ¡¡De antemano Gracias!!!
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cada año despues de finalizado el año fiscal ya que es necesario que los sociosos sepan los ingresos y egresos que la sociedad a tenido ya que son aspectos elementales que deben tomar en cuenta