Mira lisa fer, la donación m imagino q es sobre un bn inmueble, si es así, recuerda q toda transferencia ( incluida la donación) sobre bienes inmuebles y derechos reales constituidos en ellos se necesita por un lado el titulo traslaticio d dominio y por otro la tradición del dominio 667 C.C y por entede si tiene el donatario q aceptar, claro no necesariamente en la misma escritura puede hacerlo después, y con respecto al pago del impuesto sobre la transferencia d bienes raíces no se paga hasta q se concreta la donación ( momento de presentarla al registro), recuerda q la donación revocable esta sujeta a q el donante la revoque durante su vida por eso se rige por las reglas dl testamento, imagínate tu pagando el impuesto y el donante simplemente revoca la donación, cosa q puede hacer hasta antes de morir, mejor t sugiero la donación entre vivos ( irrevocable) saludos, espero haberte ayudado