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maioiq escribió: Corrijanme si me equivoco .... pero me parece que la LPFm establece que DEBE presentarse en todo proceso en los que se solicite alimentos, asi lo establece el Art 44:
"En los casos que se pretenda alimentos deberá anexar, en formato proporcionado por el Juzgado de
Familia, una declaración jurada de sus ingresos, egresos y bienes de los últimos cinco años, lo cual se tomará como parámetro para la fijación de la pensión alimienticia de acuerdo al Art. 254 del Código de Familia. El incumplimiento de esta obligación o bien la falsedad en los datos o la omisión de información hará incurrir en responsabilidad penal."
Asi que mi estimado amigo forista willieparedes, me parece que si es una exigencia, o requisito de admisión.
Saludos a todos !
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