La persona tiene entonces 124 años:ohmy:
En el àrea de descargas hay formatos sobre los Estados Familiares de Menores... Que son diligencias similares; con las siguientes variantes:
Debe establecerse el interès de la persona que comparecera, es decir si la directamente interesada no puede hacerlo por si sola, y lo hara un hijo o un nieto, debe probarse el vìnculo y/o parentezco...
HAcer una relaciòn clara y en orden cronologico de la vida de dicha persona en el entendido que deberà consignarse con que documento de identidad, realizo sus diligencias a lo largo de su vida; y como obtuvo dichos documentos si no contaba con una partida de nacimiento... Expresar como obtuvo Cèdula de Vecindad; Cèdula de Identidad Personal; NIT, tarjeta del ISSS, y todo aquello que lleve al Juez, a determinar con que nombre fue conocida...
Agregar las certificaciones de los asientos de partida de nacimiento de los hijos procreados, de los matrimonios contraidos; de forma que en dichos documentos se ha consignado la edad de la interesada a la hora de proporcionar los datos de sus descendientes, de esta menera se conocera la edad con la que cuenta; Asì: Si cuando naciò su primero hijo ella contaba con veinte años y su hijo es ya fallecido y muriò al cumplir xxx edad, se puede establecer la edad de dicha señora...
Posteriormente para determinar que es la misma persona la que proporciono los datos al nacer sus hijos con la que se encuentra iniciando las diligencias serìa conveniente pedir que se realice el examen cientifico de ADN a un hijo o a un nieto; y de ahì establecer que la persona que se consigna en una partida de nacimiento es la misma... Me explico????
Es algo asì como ir armando una trama de forma ordenada cronologicamente para no perderse uno solo y no perder al juzgador... Y finalmente consignar aquello que establece el CF sobre derecho de adultos mayores...
Suerte...