Si entendi bien... La pareja contrajo matrimonio en Estados Unidos, ante funcionario salvadoreño... El matrimonio fue asentado en El Salvador, para que surtiera efectos en El Salvador????
Porque en principio hay tribunales que son del criterio que no se puede decretar un divorcio de un matrimonio que no surtio efectos en el paìs, y esto implica que en alguna època los conyuges hayan hecho vida en comùn en este paìs...
Pero si ambos residen fuera y es por Mutuo Consentimiento, debe tenerse cuidado cuando se haga la narraciòn de los hechos... y el problema podria surgir si existen menores....
Pero lo principal es que el matrimonio de ellos se asiente en el paìs... y eso se hace vìa Relaciones Exteriores... una vez se tenga la partida de matrimonio asentada en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldìa Municipal de San Salvador, hay que tener cuidado con la narraciòn de los hechos; y no mencionar que no residieron en el paìs; y con las facultades del poder respetando aquello de la literalidad de las facultades, anotando cada facultad y sus alcances; y que el convenio cumpla lo que corresponde y que esta plasmado en los artìculos 108 y 109 del CF.
Suerte...