Claro, acordate que son gestiones bancarias, aunque te recuerdo que las tarjetas de crédito son típicos créditos rotativos, los cuales se encuentran regulados en el Código de Comercio.
Considero que la Ley de bancos por ser una ley especial debe aplicarse con prioridad a las leyes comunes, sin embargo habrá que ver si en la ley de la materia se encuentra regulado algun trámite especial respecto de las tarjetas de crédito, lamentablemente no puedo opinarte más porque no tengo la ley a la mano.
Pero lo importante es que si tu madre no es tu fiadora no la pueden ejecutar ni mucho menos embargar.
Yo les sujeriría que hay que proteger los bienes que hayan libres cuando se tienen muchos compromisos y sobre todo hoy con lo inestable de la economía; no estoy sugiriendo no haver frente a las obligaciones adquiridas, pero lo cierto es que es un hecho innegable que la gente que debe es la que menos gana y la que por regla general se queda sin empleo, entonces tanto banqueros como ajiotistas se aprovechan y arrazan con lo que encuentran. es bueno proteger los bienes con anticipación y máxime cuando puede preverse un desequilibrio financiero que haga incumplir pagos por deudas.
Buenas noches saludos.
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