bueno con las disculpas de los amigos foristas del tema:
En primer lugar. si tu cliente nunca pagó y esái seguro de que lo "perdió" por que se lo embargaron, mal se haría en decir que tu cliente lo venda y así sorprender la buena fe del que pagó la DEUDA de tu cliente.
Yu cliente lo que debe hacer es traspasarle el inmueble a la persona que pagó por él, eso sería lo correcto.
Porque además recuerda que de buena fe adquiere un inmueble por haber pagado y así lo puede demostrar meterías en problemas a tu cliente si lo vende y se queda con el dinero.
EN SEGUNDO LUGAR, si tu cliente está consiente de que le debía al Banco y ha dado por embargado de parte del banco el inmueble, lo adecuado sería que hablara con la persona que ha pagado para no defraudarla. (de delito)
En TERCER LUGAR, lo que te han aconsejado es que le digas a tu cliente que tu (mediante poder), le venderás el inmueble y luego de vendido qué ?
te encargarás de enviarle el dinero ?
te encargarás de pagarle a esa persona la deuda ?
qué le dirás a esa persona cuando llegue el comprador y éste le diga que lo compró por tu medio ?
a quién crees que van a denunciar ante los juzgados o ante la Sección de Investigación profesional ?
Bueno solamente hagamos las cosas correctamente, no por ello vamos a sorprender la buena fe de la persona que pagó la deuda del Banco, pues tu cliente ES CIERTO que le DEBÍA al banco, por tanto debe ser justo con lo que ha pasado.
Con las disculpas pero la vida es así.