Buenas noches colega.
En relacion a su consulta:
1. Si se puede estipular en el convenio que el pago de la cuota alimenticia sea en efectivo;
2. Ambas partes le pueden otorgar poder. Pero existen juzgados que citan a los cónyuges para ratifiquen su deseo de divorciarse en audiencia;
3. Si debe agregar:
a) Certificación de Partidas de Nacimiento de ambos conyuges;;
b) Certificación de Partida de Nacimiento de los hijos;
c) Certificación de Partida de Matrimonio, Etc.
ABOGADO Y NOTARIO Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
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