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CAPÍTULO TERCERO
DILIGENCIAS PRELIMINARES
Objeto de las diligencias preliminares
Art. 256.- Sin perjuicio de las que específicamente puedan preverlas leyes especiales materiales o procesales, las diligencias preliminares podrán tener por objeto:
8º. Que si el eventual demandado tuviere que ausentarse del país, constituya domicilio dentro de los cinco días, con el apercibimiento que legalmente corresponda en cuanto a futuras notificaciones
Saluditos.-