Bueno ese articulo es una presuncion a favor del ex esposo, dado que la el legislador preveé la posibilidad que la mujer pueda haber tenido relaciones sexuales con el esposo aún después de haberse divorciado, pues sucede que en ocasiones las parejas no se separan definitivamente, entonces se estableció esa presunción basado en la posibilidad de que la mujer este embarazada o aún este teniendo relaciones sexuales con el ex esposo, si resulta embarazada entonces se presume que ese hijo es del ex esposo. Espero haber aclarado la duda. Tal es asi que el último inciso dice que no se aplicará lo dispuesto por el artículo citado, si estos se han separado por mas de 300 dias o se hubiese declarado el divorcio por separacion absoluta, pues ahi es claro que no tienen ya de que ver, sexualmente hablando.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.