Buenos días.
Con respeto les expreso lo que yo conozco.
Anteriormente, la absolución de posiciones en materia laboral requería la presentación de un cuestionario en sobre cerrado que servía como base para el interrogatorio al empleador (persona natural) o al representante legal (persona jurídica).
Con la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil, desaparece la figura de ABSOLUCIÓN DE POSICIONES y se equipara a la DECLARACIÓN DE PARTE CONTRARIA (O DE PROPIA PARTE), en la cual, no se requiere la presentación de un cuestionario, si no, la indicación de los hechos puntuales que se pretenden probar con la declaración de la parte contraria.
En este caso, aplican las reglas del interrogatorio oral en materia civil.
Espero haber sido de ayuda.
Saludos cordiales colegas y amigos.