Colegas:
Si un inmueble tiene presentaciones de hace 25 años que fueron observadas, y que nunca podrán ser subsanadas por distintas razones, pero que quedaron ahí obstaculizando el paso, como puedo hacer para que se retiren en el Registro. Alguien me podría explicar el procedimiento?
En la Ley correspondiente se explica que el CNR hará unas publicaciones para que los presentantes se den por notificados y que luego se dará un plazo de 180 días posterior a la publicación para que los interesados puedan acudir en caso contrario serán denegadas, el gran pero es que dicha publicaciones nunca las harán y la Ley que establece esto ya lleva 8 años y aun el CNR no hace publicaciones (Argumentan que el costo de las mismas es muy alto) y si uno se ofrece a costear la publicación que a uno le interesa no te lo aceptan.
De antemano muchas gracias.