Pues segun tu caso, coexisten dos derechos, el de suceceder por transmisión y el de representación, es decir, por la madre sucede por derecho de transmisión, y por la abuela que tambien dejo bienes, ejerceria el derecho de representación, para mi tendrias dos causantes, un mismo heredero, y diferentes bienes, entonces en lo personal podria decirte que tendrias que seguir dos diligencias de aceptacion de herencia,tambien es de analizar lo que dice nuestro CPCYM acerca de si en ese caso es viable la acumulacion de pretensiones, si procede ya la hicistes si no procede entonces como dijo un colega la buena noticia es que DIOS te ha bendecido con mas trabajo....
Acumulación subjetiva de pretensiones
Art. 104.- Podrán ejercitarse simultáneamente las pretensiones que uno tenga contra varios sujetos o varios contra uno, siempre que exista un nexo o conexión por razón del título o de la causa de pedir.
Se entenderá que existe conexión entre las pretensiones cuando deriven de títulos idénticos o semejantes, y cuando la causa de pedir esté constituida total o parcialmente por el mismo conjunto de hechos jurídicos relevantes.
Creo que este articulo te abre la puerta para eso, lo único que el articulo 98 del CPCYM habla de ejercitar pretensiones en una "Demanda", no se si aplicara para el termino "Solicitud" que es el caso de una diligencia de aceptacion de herencia....
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.