Hola buenas noches colegas cibernautas, en esta ocasión me asalta una duda y más que una duda una petición hacia sus conocimientos, pues bien verán, tengo una defensa en la Universidad sobre el tema de los testamentos cerrados en la materia de sucesiones, y pues ya me ilustre un poco pero luego de navegar me pregunto cómo se abrirán los testamentos cerrados, cual serán los pasos según el art. 17 Ley del Ejercicio Notarial en la Jurisdicción Voluntaria y otras Diligencias nos remite al 867 del código de procedimientos civiles y como sabemos este ha sido derogado por el COPCM en este precepto legal Art. 17.- en su inciso segundo literalmente dice:
" Las diligencias judiciales no contenciosas se tramitarán de acuerdo a lo previsto en la respectiva ley de la materia; de no existir procedimiento se aplicarán las disposiciones del proceso abreviado, en lo que fueren aplicables."
Que pasara entonces con la tramitación que proceso se seguirá? como se abrira y como y donde se publicara
Me gustaría que me lo explicaran de antemano muchas gracias