donacion revocable

05 Mar 2013 03:49 #1 por cjuarez
donacion revocable Publicado por cjuarez
hola muy buenas noches colegas. quiero manifestares algunas inquietudes que me han surgido respecto al tema. y de las cuales me encantaría que me ayudaran aclararlas.
¿se permite la donación revocable con clausula especial de reserva del usufructo vitalicia. donde el donante se reserva el derecho de la disposición del objeto (un inmueble) hasta que fallezca?
¿se inscribe esta donación en el registro de raíz e hipoteca? y ¿aceptado y registrado que fuere, cuando fallece el donante, cual es el procedimiento para que el inmueble pase al donatario en totalidad?

muchas gracias de ante mano, estoy segura que sus opiniones me ayudaran.
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05 Mar 2013 14:03 #2 por Opinión
Respuesta de Opinión sobre el tema Re: donacion revocable
Colega. Con mucho respeto creo que está confundiendo la donación irrevocable con la revocable.

En cuanto a su primera duda: La donación revocable, como lo establece su nombre, puede ser dejada sin efecto mientras el donante se encuentra vivo, lo cual implica que mientras éste viva, ni la nuda propiedad ni el usufructo pasa al donatario, sino que el donante conserva la totalidad de la propiedad para sí.

Esta Escritura se inscribe, pero hasta que muere el donante, mientras tanto no. Es decir, la muerte es la condición habilitante para inscribir dicha escritura. Una vez muere el donante debes de presentar la escritura al registro junto con la certificación de la partida de defunción y los derechos de registro y con ello procederán a inscribirtela.
El siguiente usuario dijo gracias: Coreas, juan avelar o, cjuarez, rafael.bpaz, lwyrup

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06 Mar 2013 01:10 #3 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: donacion revocable
De acuerdo con el colega opinión, creo q la confusión se da por lo q determina el siguiente artículo del código civil Art. 1117.- Por la donación revocable, seguida de la tradición de las cosas donadas, adquiere el donatario los derechos y contrae las obligaciones de usufructuario. Fin de la cita

Pero lo q sucede es q la entrega de la cosa donada dependerá de la mera voluntad del donante, y no adquiere mayores derechos el donatario en caso se asi sea, q los q tendría un usufructuario, siempre dependiendo de la voluntad de revocar o no el donante...
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06 Mar 2013 23:40 #4 por cjuarez
Respuesta de cjuarez sobre el tema Re: donacion revocable
hola, muchas gracias por ayudarme con el tema; y como dicen por ahí, es mejor preguntar, que ser ignorante toda la vida; muchas gracias a ambos me ha servido de mucho y me han aclarado esas dudas que tenia.

pero a partir de la explicación proporcionada. me surge la siguiente interrogante ¿cuanto sería el pago de derecho de registro por la donación?.

de ante mano muchas gracias y bendiciones.

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07 Mar 2013 00:54 #5 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema Re: donacion revocable
Los aranceles se pagan de acuerdo a lo que se consignó en la donación por el valor del inmueble, es decir, sabemos que la donación es un acto no honeroso, pero sin embargo por obligaciones fiscales y legales es necesario consignar en cuanto se valora el inmueble donado y en base a eso se calcula el pago, pero te daré un tic..a un q te aclaro q hay un programa q calcula los aranceles, pero no esta demás saber las fórmulas " a pie" La cuota mínima por la inscripción de actos o contratos en el cnr es de 8.86, hay un limite por esa cantidad hasta 1300 dólares creo..por ahí anda, ahora el exceso de esa cantidad aplicas esta regla estipulada en el artículo 47 de la ley de tarifas...1º)POR CADA CENTENA O FRACCIÓN DE CENTENA DEL PRECIO O DEL VALOR EXPRESADO EN DÓLARES, DE CADA UNO DE LOS ACTOS O CONTRATOS CONSIGNADOS EN EL INSTRUMENTO, SENTENCIA O DILIGENCIA INSCRIBIBLES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
a) COMPRAVENTAS, DONACIONES, ADJUDICACIONES O DACIONES EN PAGO, TRASPASOS POR HERENCIA Y CUALESQUIERA OTROS INSTRUMENTOS, ACTOS O CONTRATOS QUE PRODUZCAN TRANSFERENCIA O TRANSMISIÓN DE DOMINIO . . . . . . . . . . . . . . $0.63
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07 Mar 2013 18:25 #6 por cjuarez
Respuesta de cjuarez sobre el tema Re: donacion revocable
muchas gracias, por la ayuda proporcionada, me han ayudado muchos sus conocimientos. felicito a los creadores de este espacio, pues son mas constructivos y educativos que otros "espacios" que encontramos en el Internet. bendiciones nuevamente hasta la próxima.:laugh:

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07 Mar 2013 18:39 #7 por Armando Constante
Respuesta de Armando Constante sobre el tema Re: donacion revocable
El que sabe se divierte y estos colegas saben.

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07 Mar 2013 19:50 #8 por remberto
Respuesta de remberto sobre el tema Re: donacion revocable
La donacion revocalbe se otorga bajo las mismas reglas del testamento por lo tanto no hay tradicion, sino que este surte efecto por el mero fallecimiento del otorgante.-

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08 Mar 2013 07:19 #9 por LIC.ERICK
Respuesta de LIC.ERICK sobre el tema Re: donacion revocable
Muy buen dato colega Herberth... le aplico un merecido Karma+
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08 Mar 2013 15:37 #10 por PACO
Respuesta de PACO sobre el tema Re: donacion revocable
PARA EL CASO DE TRANSFERENCIAS DE DOMINIO EL ARANCEL MINIMO ES 8.86 POR MONTOS QUE NO SUPEREN LOS $ 1400, Y DE 8.91 PARA EL CASO DE HIPOTECAS
PERO ES RECOMENDABLE TENER A LA MANO EL PROGRAMA DE CNR. ES GRATUITO, EN LA SECCION DE DESCARGAR DE LA COMUNIDAD ME PARECE Q ESTA.
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29 Sep 2014 09:43 #11 por gguardado
Respuesta de gguardado sobre el tema donacion revocable
Buenos días, sobre este tema, qué pasa cuando un inmueble está hipotecado? cuando el propietario registrado está pagando la deuda con algún banco, debe relacionarse en la escritura? al fallecimiento del donante se inscribe primero la cancelación de la hipoteca y después la donación o esta circunstancia afecta la donación ? gracias por sus valiosos comentarios. Feliz semana para todos :)
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29 Sep 2014 09:56 #12 por karina.montes
Respuesta de karina.montes sobre el tema donacion revocable
La donación revocable se perfecciona con la muerte del donante y por lo tanto se inscribe hasta que éste fallece con la repectiva partida de defunción.

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