penalistas LESIONES Y DAÑOS

22 Abr 2013 21:35 #1 por anneliz
penalistas LESIONES Y DAÑOS Publicado por anneliz
HOLA ESTOY SOLICITANDO LA AYUDA DE USTEDES EXPERTOS EN EL AREA PENAL, YO TENGO MUY POCO CONOCIMIENTO DE EST AREA.... TENGO UNA AUDIENCIA PRELIMINAR PARA LA PROXIMA SEMANA. SON DOS DELITOS LESIONES EN X PERSONA Y DAÑOS EN UN CENTRO ESCOLAR, SUCEDE QUE EXISTE PRUEBA SUFICIENTE PARA DETERMINAR QUE MI DEFENDIDO ES EL CULPABLE Y YO LE HE DICHO QUE CONCILIARA PERO LA VICTIMA NO HA QUERIDO,,, PERO LA ULTIMA VEZ QUE FUI A PLATICAR CON LA VICTIMA ME DIJO QUE EN LA AUDIENCIA SE IBA A DECIDIR SI CINCILIABA O NO..... MI DUDA ES? SE PUEDE CONCILIAR POR LOS DOS DELITOS?? UNO EL DE LESIONES EN X PERSONA Y EL OTRO DAÑOS EN UN CENTRO ESCOLAR, EL CUAL ESTA SIENDO REPRESENTADO POR EL DIRECTOR DE DICHA ESCUELA, PUEDE EL DIRECTOR CONCILIAR COMO REPRESENTANTE DEL CENTRO ESCOLAR????


SI NO FUERA POSIBLE CONCILIAR, QUE DEBO HACER???? SI LA FISCALIA ESTA PIDIENDO APERTURA A JUICIO.-
POR FAVOR NECESITO IDEAS PARA MI DEFENSA, SE LOS AGRADECERE MUCHISIMO.-

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23 Abr 2013 01:39 #2 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
SI SON DOS SUJETOS PASIVOS O DICHO DE OTRA MANERA DOS VICTIMAS CLARO QUE SI, RECUERDA QUE LA CONCILIACION ES ENTRE PARTES, POR ENDE CONCILIARIA CON CADA UNA DE LAS VICTIMAS POR LOS RESPECTIVOS DELITOS, PERO EN EL CASO DEL CENTRO ESCOLAR DEBES INDAGAR QUIEN LO REPRESENTARA, EJEMPLO EL DIRECTOR, SUBDIRECTOR U OTRO ABOGADO ETC.

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24 Abr 2013 15:26 #3 por anneliz
Respuesta de anneliz sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
Si son dos sujetos diferentes, el director como ya lo manifeste es quien representa al centro escolar, pero el caso es que me dijo que ya no quiere conciliar que puedo hacer si la fiscalia esta pidiendo apertura a juicio.

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24 Abr 2013 16:24 #4 por antonio7
Respuesta de antonio7 sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
EN este caso en mi opinion, hablando en estricto derecho, NO SE PODRÍA CONCILIAR POR LOS DOS DELITOS,ya que debido a que en la conciliación hay homologacion por parte del juez, y este debe mandar el acta de conciliación a la dirección de centros penales, y ahi no aceptarían 2 conciliaciones con 2 victimas diferentes, esto ya que el art 38 inc penúltimo del código procesal penal, establece que un requisito para que se de una conciliación, es que el sujeto activo del delito, no haya conciliado otro delito en los últimos 5 años.

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24 Abr 2013 16:34 #5 por antonio7
Respuesta de antonio7 sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
Otra cosa que puedes intentar es conciliar con una victima y mediar con la otra, ya que como en la mediación no hay homologacion del juez, por regla general no remiten el acta de mediación a la dirección general de centros penales.
Para ello debes recurrir a un centro de mediación y conciliación de la FGR o de la PGR.

Suerte.

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24 Abr 2013 17:01 #6 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
Si es la primera vez que comete un delito y conciliará, claro que si se puede, yo lo he hecho muuuuuuuuuuuuuuuuuchas veces, a lo que se refiere el art. 38 c.pr.penal. es a que si una persona ha conciliado cinco años antes de la nueva comisión de un delito o delitos que sean objeto de conciliación definitivamente no puede autorizarse una conciliación. Si el director del centro escolar no quiere conciliar no lo rogues, podes pedir una suspension condicional del procedimiento, porque perfectamente el delito de DAÑOS, encaja en dicho procedimiento, si es que no esta calificado como DAÑOS AGRAVADOS.

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26 Abr 2013 23:10 #7 por anneliz
Respuesta de anneliz sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
HOLA AMIGOS, QUE BUENAS REPUESTAS, SE LOS AGRADEZCO MUCHO, YA QUE LA PROXIMA SEMANA TENGO LA AUDIENCIA PRELIMINAR.


PUES ENTONCES, SI AMBAS VICTIMAS QUISIERAN CONCILIAR, SI SE PUEDE SEGUN ENTIENDO TU COMENTARIO LOST CANVAS???

Y SI LA VICTIMA DEL DELITO DE DAÑOS, NO QUIERE CONCILIAR Y PIDO LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCEDIMIENTO, ESTO NO AFECTARIA A MI CLIENTE DE ALGUNA FORMA ???
Y BAJO QUE TERMINOS LO SOLICITO???

PERDON POR TANTA MOLESTIA PERO NECESITO DE SUS AYUDAS???

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26 Abr 2013 23:25 #8 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
Si se pueden conciliar si las dos victimas quieren, para el caso te comento que por ejemplo se puede conciliar el delito DE AMENAZAS Y EL DE LESIONES, siendo dos victimas diferentes. Por otro lado como te repito, ve y mira la pena maxima del delito de DAÑOS, y verás que no pasa de los tres años de prisión, sino que la pena oscila entre seis meses a dos años, por ende entra dentro de la suspension condicional del procedimiento, Arts. 24 y 25 del cprpn, leelos para que veas de que se trata, y no es igual que el procedimiento abreviado pues éste último hace que la persona posea antecedentes penales, es una condena, y sólo puede pedirlo el fiscal, mientras que la suspension condicional del procedimiento no deja esa secuela y puede ser pedido tanto por la defensa como por el ministerio público fiscal, y aún con la oposición de este último, el juez puede acceder a ello, espero que te haya quedado mas claro.

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El siguiente usuario dijo gracias: anneliz

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28 Abr 2013 05:02 #9 por jurisfish
Respuesta de jurisfish sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
alguien tiene un requerimiento fiscal de una violacion que me lo podria pasar

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28 Abr 2013 20:56 #10 por anneliz
Respuesta de anneliz sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
OK. TE AGRADEZCO LA ACLARACION QUE ME HAS HECHO, FIJATE QUE AMBAS VICTIMAS YA ME CONFIRMARON QUE CONCILIARAN Y LA AUDIENCIA LA TENGO PROGRAMADA PARA EL 3 DE MAYO,

SE PUEDE LEVANTAR UN ACTA DE DICHAS CONCILIACIONES EN UN SOLO DOCUMENTO? Y SI TODAVIA LA PUEDO LLEVAR A LA FISCALIA O YA NO SE PUEDE, O NECESARIAMENTE ME TENGO QUE ESPERAR PARA LA AUDIENCIA Y QUE AHI CONCILIEN??

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28 Abr 2013 23:37 #11 por RANGO
Respuesta de RANGO sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
Te quiero aclarar algo Anneliz, la conciliación en materia penal para que tenga efectos legales, solo puede ser llevado acabo en la FGR o PGR y después ser homologada por el Juez o podes hacer la conciliación de una sola ves ante el Juez, el levantar un acta notaria o instrumento publico la conciliación no produce efectos en material penal, el hacerlo así solo estaría evidenciando la intención de las partes, imputado y victima de pretender conciliar, lo que te puedo recomendar es que, si ya existe la voluntad de tu cliente y las victimas en conciliar, lo que te recomiendo es te asegures que las victimas lleguen a la Audiencia Preliminar, y sea ahi donde lleves la conciliación, leete el art.38 y 39 del Codigo Procesal Penal para mayor ilustración; y si no existe la voluntad de conciliar o las victimas se retractan solicitale al juez suspension condicional del procedimiento,esta salida alterna del proceso no requiere el visto bueno de la FGR, ni de la victima, leete el art.24 C.Pr.Pn
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29 Abr 2013 00:54 #12 por M-Rodriguez
Respuesta de M-Rodriguez sobre el tema Re: penalistas LESIONES Y DAÑOS
cualquier conciliacion que quieras llevar a cabo se puede perfectamente hacer de forma oral dentro de la audiencia, no existe necesidad que la lleves por escrito previamente que en todo caso tendria que hacerlo la fgr.....es trabajo de mas....asi que lo unico que debes hacer es llegar temprano a la audiencia y establecer claramente los terminos de los acuerdos con las victimas se lo comunicas a la fgr y el juez y si todos de acuerdo hay jueces que ni celebran la audiencia y solo preparan el acta para firmar.
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