Hola Amigos Colegas todos, creí que estos días este foro estaría lleno de comentarios por la entrada del nuevo Código Procesal civil y mercantil; que buscaríamos entre todos las respuestas a tantas interrogantes que este nos trae. Que bueno sería que de nuevo le dieramos vida al foro que ha estado algo dormidito. que opinan?
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)
Última Edición: 16 Jul 2010 13:43 por cacojuridico.
si es cierto,. que paso de las notificaciones que se hiban a poder hacer atravez de las oficinas de los notarios??
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asi ha quedado plasmado en el nuevo código, lo que pasa que debes conocer en qué casos se podrán hacer ya que no sólo es que existan notarios sino que se den las circunstancias que la misma ley ya ha determinado como antes dije. saludos