Hola colegas, tengo un problema de respeto, una menor de trece años, formo un hogar de hecho con un novio suyo que ahora tiene 27 años y han procreado 2 hijos de tres años y el ptro de seis meses respectivamente, el caso es que el fulano se hiso novio de otra chica de 19 años, y dejo unos dias a la menor eso fue en el 2008, en esos dias la madre de la menor enojada con el yerno, lo fue a denunciar a la fiscalia y le hicieron reconocimiento medico forense a la menor determinando el medico forence que la menor tenia 38 semanas con cuatro dias de embarazao, por lo que la madre rindio su declaracion y la menor tambien, ante la fiscalia y dijeron que efectivamente la menor habia tenido relaciones sexuales con dicho sujeto pero era por que estaban celosas por la infifelidad del fulano, resulta que a todo eso se celebro la audiencia inicial a la que no se presento el imputado, y continuo la investigacion ya que se le decreto instruccion con detencion provisional, y a la audiencia preliminar tampoco se presento y luego se le declaro rebelde, un año despues o sea el dos mil nueve se vuelven a juntar y procrean el segundo hijo pues en el dos mil ocho habian procreado el primero y hasta hoy este año dos mil once se encontraban juntos en un hogar estable con una suegra que lo estima mucho porque es un buen yerno segun lo que ella comenta y en un operativo lo detienen pues la orden de captura estaba desde el 2008 y hasta hoy la hicieron efectiva la audiencia preliminar la han señalado para el 21 de septiembre y el problema es que la madre de la menor le quiere ayudar pero tiene miedo porque ella fue quien lo denuncio junto a su hija y con todos los elementos recabados es seguro que lo condenan pues tanto el dictamen medico forence es desfavorable ya que la menor estaba embarazada y es mas ella misma relato como tuvieron la relacion sexual es cierto que fue voluntaria pero solo tenia trece años a esa fecha ahora la pregunta colegas es que hacer? como se modifica la version de la madre y la menor si hay indicos suficientes para determinar la participacion del imputado como desvirtuamos el dictamen medico forence? solicito su ayuda considero que es un caso muy bonito de resolver el proble es como hacerlo, si el problema es que el impuatado es el que mantiene a los dos menores hijos ya que la menor que ahora tiene diecisiete años esta estudiando y no trabaja y quien la tiene estudiando es el por que quiere que ella se suspere que puedo hacer colegas? de ante mano gracisa por sus consejos.
bueno amigo la verdad es que como dice el tema esta bastante bonito e interesante y la verdad me gustaría aportar algo.
Se estableció que existe una responsabilidad penal por parte del sujeto declarado ausente.
Considero que no es necesario modificar la declaración de la madre ni de la niña afectada pues es solo de aplicar lo establecido en el artículo 31 y 32 del código procesal penal vigente.
Y leyendo bien el código procesal penal vigente en su artículo 31 nos dice los motivos de la extinción de la acción penal y podemos observar en su numeral 2 que establece la CONCILIACIÓN como uno de los medios de la extinción de la acción penal; asimismo el art. 32 del mismo código en su numeral 4 establece que los delitos pertenecientes a los considerados por nuestra legislación como DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA PREVIA INSTANCIA PARTICULAR; se les puede extinguir la acción penal al existir una conciliación , por lo que también debemos observar el artículo en mención en su inciso tercero que dicho acuerdo puede ser dado en cualquier momento del proceso, pero antes de que se clausuren los debates en la vista pública.
En todo caso es de darle una leída a los artículos citados, esperando que mi aporte le ayude en algo.
Si buscas resultados diferentes, no sigas haciendo lo mismo. Albert Einstein.
A ver, creo que no es un problema probatorio el que tienes. Obviamente, la menor está embarazada, está la declaración de la menor y la madre de la misma, seguramente vecinos que acreditan la unión. Creo que el problema se resuelve por interpretación de la ley. Te recomiendo que leas sobre las características del sistema jurídico: unitario, puesto que, con diversas materias de conocimiento, el sistema es uno; completo, puesto que no existen supuestos de hechos que no puedan resolverse con el sistema jurídico, no se admiten supuestos de anomia; y, coherente, puesto que el sistema no se puede contradecir, no es posible la aceptación de antinomias. Esta última es la que te puede ayudar. Por un lado, el Código de Familia permite que los menores en determinados supuestos (embarazos o hijos en común) puedan contraer matrimonio. Si te fijas bien, los supuestos exigen la relación sexual previa. Ahora, está relación sexual es permitida por el legislador (sistema jurídico) si se realizan en un ambiente de convivencia familiar. En consecuencia, por ello se permite "legalizar" este tipo de relaciones por el matrimonio. Entonces, si tu cliente estaba viviendo en una relación familiar-convivencia con la menor, no existe el dolo de cometer el delito de violación, sino la intención manifiesta de convivir en familia. Por ende, si la constitución reconoce a la familia como fundamento de la sociedad y, reconoce a la vez la unión no matrimonial, protegiéndola directamente y mediante el código de familia, el sistema jurídico, no se puede contradecir, castigando penalmente estos comportamientos. Obviamente, deberías preparar a la familia de tu cliente para el interrogatorio. En consecuencia, existe un problema de juridicidad, recuerda que las causas de justificación se encuentra en todo el sistema jurídico. Total, son líneas generales, ya se ha planteado en los juzgados y, sabiéndolo plantear, ha sido admitido por los jueces.
por que no casas al imputado con la victima... sigue siendo menor de edad ?? pero con los embarazos ya se inmancipo !! y ya esta fue la estrategia para el alcalde de la union que estaban procesando por este mismo delito..
y con lo de la conciliacion, simplemente NO VA !!
mi humilde opinion
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el problema colegas es que el imputado esta detenido y como la accion delictiva se cometio hace ya tres años me manifesto un juez que aunque se case ya no remedia nada por que la notitia criminis ya se hiso saber al organo jurisdiccional y ya no tiene marcha atras pero esa es solo una opinion yo les agrdesco sus opiniones son de gran ayuda para mi y estan muy atinadas espero mas opiniones de los colegas para recolectar los elementos que voy a necesitar para el alegato respectivo gracias colegas.
se me escapaba decirles que tal como lo comente ella no esta embarazada no, ella tiene dos hijos ya con el imputado y estaban juntos en hogar viviendo en la casa de los suegros el problema es como hacer valer la union no matrimonial que tenian ellos si la madre en un momento de enojo lo fue a denunciar a la fiscalia y hoy quiere sacarlo de la carcel por el es quien mantine los hijos que tiene con la menor sino se le va hacer a ella dice ese es el problema colegas.
aparta a la suegra es decir que no se presente a la vista, con eso le matas el testigo a FGR; pero sigo viendo conveniente el matrimotimonio es decir si se sabe que el delito supuestamente existio hace tres años pero los sujetos siguen siendo los mismos, veo positivo el matrimonio y sabelo vender, como arraigo, como prueba de que no es una violacion si no una union concensuada de menor pero que el adulto no tomo ventaja ya que en la actualidad los hijos estan reconocidos ( verdad ??) y que es sustento de estos hijos...
pero quitale los testigos a fiscalia y presenta testigos de descargo que establezcan que la relacion es concensuada y hay que analizar la prueba, que hay de prueba?? partidas o adn ?? y si existen de que años son de 13 años la niña ya tenia el niño??
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gracias colega, la prueba que existe solo es el dictamen medico forense de que la menor estaba enmbarazada en ese entonces estoy hablando de hace tres años por que como dije hoy estan en una relacion excelente y si hay partidas de la primera niña, no se si es buena idea agregar la segunda partida de nacimiento del segundo niño que opina usted colega los niños una tiene tres años y el niño como seis meses
en mi humilde opinión considero que si lo que se trata de hacer es demostrar la buena convivencia que ha existido entre la pareja y la inexistencia del delito pues lo mas indicado sería mostrar la existencia de los dos niños pues imagino que hay una sustancial diferencia de edades lo que demostraría sin lugar a dudas el estado de convivencia que han tenido la menor con el imputado.
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bueno amigo no tengo mucha experiencia, pero me parece muy acertada la opinion de carrlossambrana, como la misma ley de familia lo permite el matrimonio como primera occion y luego anulale los testigos a la fiscalia si la madreesta de acuerdo con la relacion de su hija y el imputado, no deveria presentar mas declaracion solicitada por la fiscalia ni presentarse en udiencias. Es muy importante la preparacion que tu les hagas
Como una posibilidad, en este caso se podría argumentar " El error de prohibiciòn, conforme al Art 28 del Còdigo Penal"... como archivo adjunto te dejo una jurisprudencia de un caso similar, aunque aca ya estaban casados, pero parte de la fundamentaciòn de dicho caso podria aplicarse al caso planteado.
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