Aceptación de Herencia Testamentaria

14 Nov 2020 16:21 #1 por david0165
Aceptación de Herencia Testamentaria Publicado por david0165
Buenas tardes tengan todos,

tengo un caso y necesito de su ayuda
una señora me dice que su padres falleció quien dejó testamento en el que incluyen
a todos sus hijos los cuales son 7 y de estos ya fallecieron 2, mi pregunta es
con los 2 fallecido aparte de presentar las partidas de defunción,los parientes de estos entran en la sucesión testamentaria.

GRACIAS, DIOS LOS BENDIGA

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15 Nov 2020 13:39 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
quien murió primero el testador o los herederos

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15 Nov 2020 15:22 #3 por FelicianoAma
Respuesta de FelicianoAma sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
Si dos los testamentarios ya están fallecidos, y lo pruebas con la partida defunción de ellos, los hijos de estos fallecido tienen que entrar por derecho de representación de la herecinas que les correspondía a sus padres::::
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante

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16 Nov 2020 13:56 #4 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
por derecho de transmisión

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16 Nov 2020 16:09 - 16 Nov 2020 16:11 #5 por FelicianoAma
Respuesta de FelicianoAma sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria

123456 escribió: por derecho de transmisión

::::::: Ummmm, perdon la pregunta sabes diferenciar que es derecho de representación y derecho de Transmisión, son dos elementos muy diferentes, y hay que tener mucho cuidado sobre esto, el colega 123456, fue muy claro al preguntar quien murió primero el testador o los presuntos herederos.... Y según tu respuesto a la pregunta ...sabrás en cual corresponderá... ya sea por representación o transmisión.
No puedo seguir opinando sobre este punto por no tener los insumos necesarios ...

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17 Nov 2020 10:39 #6 por david0165
Respuesta de david0165 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
disculpe y le doy las gracias por ayudarme con su aporte,123456 y FelicianoAma, y se que me quieren ayudar; el causante (padre) ante de morir dejó el testamento en donde declara como único y Universales Heredero a sus seis hijos.- ellos quieren que les lleve la aceptación de herencia testamentaria en este caso, dos de ellos ya fallecieron,(después de su padre) otra situación que en las partidas de nacimiento de los hijos salen como hijos ilegitimo, es decir que no fueron reconocidos por su padre.
que debo hacer en este caso?
es un terreno que les dejo,
pueden ceder la parte que les corresponde a un solo hermano para llevar la aceptación de herencia en este caso, lo mismo que los parientes de los fallecidos?
y como procedo en el caso que no fueron reconocido por el padre?.
de ante mano le doy las gracias por su por su aporte. buen dia

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17 Nov 2020 10:57 #7 por liorellana79
Respuesta de liorellana79 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
Si hay testamento y los hijos están identificados por nombre en el mismo, es decir "le dejo todos mis bienes a mis seis hijos Fulanito, Sutanito, Menganito, etc..." no hay problema que hayan sido reconocidos o no, puesto que los identificó por nombre y esta claro son sus herederos, sin importar si aparecen reconocidos como hijos suyos en sus partidas de nacimiento. Si al contrario, solo habla en el testamento de "sus hijos", deben seguir primero las diligencias para establecer la paternidad póstuma, es decir, probar que son hijos del causante. Pueden ceder sus derechos a un solo hermano, pero siempre hay riesgo que después existan conflictos de que el hermano a quien se le cedió no quiera dar nada al resto. Habría que revisar bien la ley para saber si los herederos de los hijos fallecidos heredan por transmisión o por representación, dependiendo del caso aplicable podrían tener que aceptar primero la herencia de su padre, para posteriormente aceptar la herencia del abuelo. Es de leer bien el Código Civil, porque las reglas no las recuerdo con claridad en estos momentos.

El Señor es mi pastor; nada me faltará.

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17 Nov 2020 11:35 - 17 Nov 2020 11:37 #8 por liorellana79
Respuesta de liorellana79 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
En base a la ley, si los hijos fallecieron posteriormente al padre, los herederos de ellos pueden heredar por derecho de transmisión, pues lo que se transmite en virtud de la figura es la "opción de aceptar o repudiar" la asignación del transmisor (958 CCv). Sin embargo, la opción de aceptar o repudiar solo se transmite a herederos universales (herencia testamentaria o intestada), es necesario ver como están las herencias de los hijos del causante, para ver cuáles son sus herederos y por ende a quienes se les transmite el derecho de aceptar o repudiar la herencia del primer causante. Sin embargo, primero deberán aceptar la herencia del transmisor(los hijos) para poder aceptar la herencia del primer causante (testador) según el artículo 958 inciso final CCv. En este caso, por ser sucesión testamentaria no opera el derecho de representación pues es exclusivo de la sucesión intestada (art 984 CCv).

El Señor es mi pastor; nada me faltará.

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17 Nov 2020 14:03 #9 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
aplique el articulo 958 Civil
le dejo mi numero 24131662

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17 Nov 2020 15:10 #10 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
regla general por derecho de trasmisión fallece después del causante
representación fallece antes que el causante

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17 Nov 2020 16:03 #11 por MCBARRIENTOS
Respuesta de MCBARRIENTOS sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria
Consulta... cuando el heredero o legatario muere antes que el causante se aplica el derecho de representación?
Estoy en un caso parecido y el CNR dice una cosa y la CSJ otra.
En mi caso el causante testó a sus 3 hijos como herederos universales, y lego además a sus dos hijas una casa. Una de las hijas murió antes que el causante.
Pierde todos los derechos en el testamento la hija que murió? Porque nunca le nació el derecho?
Pueden los hijos de la hija muerta reclamar el 50 por ciento del legado como representantes de la sucesión de su madre?
Pueden los hijos sobrevivientes al ser declarados herederos, hacer la tradición del dominio a la hija viva y a la sucesión de la hija fallecida?
Help..
Le puedo llamar yo también, estoy un poco preocupada, es un caso de mi familia.

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17 Nov 2020 17:28 #12 por FelicianoAma
Respuesta de FelicianoAma sobre el tema Aceptación de Herencia Testamentaria

david0165 escribió: disculpe y le doy las gracias por ayudarme con su aporte,123456 y FelicianoAma, y se que me quieren ayudar; el causante (padre) ante de morir dejó el testamento en donde declara como único y Universales Heredero a sus seis hijos.- ellos quieren que les lleve la aceptación de herencia testamentaria en este caso, dos de ellos ya fallecieron,(después de su padre) otra situación que en las partidas de nacimiento de los hijos salen como hijos ilegitimo, es decir que no fueron reconocidos por su padre.
que debo hacer en este caso?
es un terreno que les dejo,
pueden ceder la parte que les corresponde a un solo hermano para llevar la aceptación de herencia en este caso, lo mismo que los parientes de los fallecidos?
y como procedo en el caso que no fueron reconocido por el padre?.
de ante mano le doy las gracias por su por su aporte. buen dia

----No te compliques, en este caso, simplemente procede con las diligencias testamentaria, PORQUE?- 1º Hay un testamento que se menciona a sus herederos, manifestando que son sus hijos, ( dos de ellos no reconocidos), ok, bien eso no es problema tu puedes mencionar que los dos que no son reconocido, el testador los miraba como tal, y que por eso así los menciona.2º En cuanto al problema que dos fallecieron antes que del testados( los hijos no reconocidos, fallecidos, en doctrina se llama PRE-MUERTE; ) , en la solicitud, de la herencia Testamentaria[/b], tienes que aclarar, que los pre muertos tienen descendencias, o esta casado, y que estos por derecho de representación tienen la vocación sucesoral que les correspondía a los pre-muerte- .- Y discrepo con la opinión, del colega 123456, que tiene que ser por derecho de transmisión según el Art. 958 Civil.

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