autentica

22 Ago 2012 20:22 #1 por Lic. Hasel Muñoz
autentica Publicado por Lic. Hasel Muñoz
modelo de autentica urgnte

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22 Ago 2012 20:24 #2 por Guardado
Respuesta de Guardado sobre el tema Re: autentica
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29 May 2013 04:20 #3 por math
Respuesta de math sobre el tema Re: autentica
gracias es de mucha ayudaa

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29 May 2013 04:53 #4 por martika
Respuesta de martika sobre el tema Re: autentica

haselita86 escribió: modelo de autentica urgnte


EL SUSCRITO NOTARIO DA FE: Que la firma que calza el anterior documento y que se lee "Ilegible" es AUTENTICA por haber sido puesta a mi presencia de su puño y letras por el señor MARIO ALBERTO CASTRO PINTO, quien es de cuarenta años de edad, empleado, del domicilio de San Salvador, departamento del mismo nombre, persona a quien conozco e identifico legalmente por medio de su Documento Único de Identidad numero: Cero cero tres cuatro seis ocho siete ocho-uno; en la ciudad de San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil trece.-

La vid de soltera es muy solitaria...
El siguiente usuario dijo gracias: RandySv, CRU

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29 May 2013 13:05 #5 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema Re: autentica

martika escribió:

haselita86 escribió: modelo de autentica urgnte


EL SUSCRITO NOTARIO DA FE: Que la firma que calza el anterior documento y que se lee "Ilegible" es AUTENTICA por haber sido puesta a mi presencia de su puño y letras por el señor MARIO ALBERTO CASTRO PINTO, quien es de cuarenta años de edad, empleado, del domicilio de San Salvador, departamento del mismo nombre, persona a quien conozco e identifico legalmente por medio de su Documento Único de Identidad numero: Cero cero tres cuatro seis ocho siete ocho-uno; en la ciudad de San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil trece.-


Buen aporte.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...

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29 May 2013 14:20 #6 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Re: autentica

martika escribió:

haselita86 escribió: modelo de autentica urgnte


EL SUSCRITO NOTARIO DA FE: Que la firma que calza el anterior documento y que se lee "Ilegible" es AUTENTICA por haber sido puesta a mi presencia de su puño y letras por el señor MARIO ALBERTO CASTRO PINTO, quien es de cuarenta años de edad, empleado, del domicilio de San Salvador, departamento del mismo nombre, persona a quien conozco e identifico legalmente por medio de su Documento Único de Identidad numero: Cero cero tres cuatro seis ocho siete ocho-uno; en la ciudad de San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil trece.-


Un pequeño comentario:

En alguna època, un amigo Notario tuvo un problema por esa frase de "haber sido puesta a mi presencia de su puño y letra"; porque resulta que tal afirmaciòn no era cierta. En incidente se diò cuando fue citado en su calidad de "imputado", porque salio un menor del paìs, y el padre nunca firmo la autorizaciòn para que el niño saliera del pais...

Desde ese incidente alguien nos sugiriò que se plasmarà la frase: "por haber sido reconocida como suya por el señor" y desaparece eso de "en mi presencia"

Entonces ocupo esa frase, y solo le consigno en "mi presencia" cuando realmente se hace asì... Porque encontraràn en el camino un montòn de "amigos" que les pediràn que solo les regalen "un sellito"...

Se los dejo para su consideraciòn...
El siguiente usuario dijo gracias: mrcc, Marshal García, alvarado90, Bayona, Amapola, Leyesita, RafaAlfaro, remp21, Gerver Morales, AbogadoAsesor

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29 May 2013 15:26 #7 por enrique arguera
Respuesta de enrique arguera sobre el tema Re: autentica
gracias, por el la recomendación NVramirez, hay que ponerlo a en practica para no tener problema en el futuro.-

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29 May 2013 15:34 #8 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: autentica
Con el permiso de los amigos foristas del tema un aporte personal:

PRIMERO: la frase en cuestión sólo debe ser utilizada cuando así lo ha sido, es decir, puesta a presencia del Notario, de lo contrario se debe indicar tal situación como bien se ha apuntado de haberla reconocido a presencia del Notario.
SEGUNDO: Cuando se solicite por "amigos" alguna firma, les RECOMIENDO que laas cosas las hagan personalmente, es decir, les piden una firma de Notario en una LEGALIZACIÓN DE FIRMA, de un escrito etc., DEBEN hacerlo ustedes mismos, o sea haga su propia fórmula, NO PERMITAN que las lleven "ya hechas".-

TERCERO: en un caso NO SE INDICÓ en la Legalización de Firma, ni el estado familiar, ni la nacionalidad y el firmante es de nacionalidad guatemalteca, por ende debemos ACOTAR siempre tales situaciones pues son necesarias, entre las generales de una persona.
Hay una mala costumbre de no indicar ni el estado familiar ni la nacionalidad pero en muy particulares casos eso puede marcar la diferencia legal de un documento, como en el caso de homónimos.

Y mucho cuidado con cometer el error de ""Legalizar la Firma"" de la persona que lo ha hecho a ruego, NO es esa firma la que se debe legalizar, pues lógicamente, tampoco es la persona que ha emitido el documento de que se trata, ASÍ que cuidado con ese equívoco que se suele cometer.-

Gracias disculpas y saluditos.-
El siguiente usuario dijo gracias: NVramirez, RafaAlfaro, sonia mendoza, AbogadoAsesor

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29 May 2013 15:55 #9 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: autentica

NVramirez escribió:

martika escribió:

haselita86 escribió: modelo de autentica urgnte


EL SUSCRITO NOTARIO DA FE: Que la firma que calza el anterior documento y que se lee "Ilegible" es AUTENTICA por haber sido puesta a mi presencia de su puño y letras por el señor MARIO ALBERTO CASTRO PINTO, quien es de cuarenta años de edad, empleado, del domicilio de San Salvador, departamento del mismo nombre, persona a quien conozco e identifico legalmente por medio de su Documento Único de Identidad numero: Cero cero tres cuatro seis ocho siete ocho-uno; en la ciudad de San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil trece.-


Un pequeño comentario:

En alguna època, un amigo Notario tuvo un problema por esa frase de "haber sido puesta a mi presencia de su puño y letra"; porque resulta que tal afirmaciòn no era cierta. En incidente se diò cuando fue citado en su calidad de "imputado", porque salio un menor del paìs, y el padre nunca firmo la autorizaciòn para que el niño saliera del pais...

Desde ese incidente alguien nos sugiriò que se plasmarà la frase: "por haber sido reconocida como suya por el señor" y desaparece eso de "en mi presencia"

Entonces ocupo esa frase, y solo le consigno en "mi presencia" cuando realmente se hace asì... Porque encontraràn en el camino un montòn de "amigos" que les pediràn que solo les regalen "un sellito"...

Se los dejo para su consideraciòn...

---Sabes tengo un poco estar en el ejercio de Notariado, este comentario, me parece muy sertero y apropiado, lo tomare encuenta esa recomendacion Nvramirez...

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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29 May 2013 16:23 #10 por Abogado Litigante
Respuesta de Abogado Litigante sobre el tema Re: autentica
Al respecto de que un notario puede autenticar firmas que no han sido puestas a su presencia, y que se desliga de toda responsabilidad por manifestar que ha sido reconocida ante el, debo aclarar que no obstante la ley de notariado no lo especifica claramente, existen lineamientos emitidos por la propia Corte Suprema de Justicia, en el cual claramente especifica que los notarios no tenemos que autenticar firmas que no han sido puestas en nuestra presencia.
Debiendo reconocer que es una practica común el consignarlo así en las razones de autentica que se consignan en los documentos, pero eso no inhibe que en determinado caso al ser de conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, esto pueda derivar en sanción para el notario, por eso lo recomendable es no confiarse en que hasta la fecha no haya ocurrido.
El siguiente usuario dijo gracias: Gerver Morales

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21 Abr 2016 14:47 #11 por wilberalberto
Respuesta de wilberalberto sobre el tema Re: autentica
:P :P :P :P

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22 Abr 2016 11:32 #12 por Solidaridad
Respuesta de Solidaridad sobre el tema Re: autentica
Gracias por los aportes colegas, solo me ha quedado la duda cuando usted Pecozoo luna, menciona que no se debe legalizar la fima de la persona que lo ha hecho a ruego ya que el art. que copio entiendo que si lo permite o como se hace en ese caso?

Art. 54.– PARA LEGALIZAR LAS FIRMAS QUE HUBIEREN SIDO PUESTAS POR LOS INTERESADOS
O POR OTRAS PERSONAS A SU RUEGO, EN CORRESPONDENCIA PARTICULAR, SOLICITUDES, MEMORIALES
Y ESCRITOS DE TODA CLASE O EN OTROS DOCUMENTOS NO COMPRENDIDOS EN LOS ARTÍCULOS QUE
ANTECEDEN, NO SERÁ NECESARIO LEVANTAR ACTAS, BASTANDO QUE EL NOTARIO PONGA A
CONTINUACIÓN DE LA FIRMA QUE AUTENTICA, UNA RAZÓN EN QUE DÉ FE DEL CONOCIMIENTO O
IDENTIDAD DEL OTORGANTE CONFORME A LO DISPUESTO EN EL NUMERAL 5º. DEL ART. 32 Y DE LA
AUTENTICIDAD DE LA FIRMA O DE QUE HA SIDO PUESTA A RUEGO DEL INTERESADO; RAZÓN QUE
INDICARÁ EL LUGAR Y FECHA EN QUE SE EXTIENDE Y QUE SERÁ FIRMADA Y SELLADA POR EL NOTARIO.
CUANDO EL ESCRITO O ATESTADO SEA DEL PROPIO NOTARIO, BASTARÁ EL SELLO JUNTO A SU FIRMA
PARA QUE SE TENGA COMO AUTÉNTICO. EN TODO CASO SE FIJARÁN Y AMORTIZARÁN LOS TIMBRES
CORRESPONDIENTES A LA AUTÉNTICA.(1

pekozoo luna escribió: Con el permiso de los amigos foristas del tema un aporte personal:

PRIMERO: la frase en cuestión sólo debe ser utilizada cuando así lo ha sido, es decir, puesta a presencia del Notario, de lo contrario se debe indicar tal situación como bien se ha apuntado de haberla reconocido a presencia del Notario.
SEGUNDO: Cuando se solicite por "amigos" alguna firma, les RECOMIENDO que laas cosas las hagan personalmente, es decir, les piden una firma de Notario en una LEGALIZACIÓN DE FIRMA, de un escrito etc., DEBEN hacerlo ustedes mismos, o sea haga su propia fórmula, NO PERMITAN que las lleven "ya hechas".-

TERCERO: en un caso NO SE INDICÓ en la Legalización de Firma, ni el estado familiar, ni la nacionalidad y el firmante es de nacionalidad guatemalteca, por ende debemos ACOTAR siempre tales situaciones pues son necesarias, entre las generales de una persona.
Hay una mala costumbre de no indicar ni el estado familiar ni la nacionalidad pero en muy particulares casos eso puede marcar la diferencia legal de un documento, como en el caso de homónimos.

Y mucho cuidado con cometer el error de ""Legalizar la Firma"" de la persona que lo ha hecho a ruego, NO es esa firma la que se debe legalizar, pues lógicamente, tampoco es la persona que ha emitido el documento de que se trata, ASÍ que cuidado con ese equívoco que se suele cometer.-

Gracias disculpas y saluditos.-


"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.
El siguiente usuario dijo gracias: luiiiifi

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