NÚMERO CIENTO UNO.- LIBRO DOCE.- TESTAMENTO NUNCUPATI¬VO O PÚBLICO.- En la ciudad de Ahuachapán a las nueve horas treinta minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil veintidós.- Ante mí, …………………….., Nota¬rio, de este domi¬cilio, y ante los testigos hábiles de mi conoci¬miento los señores Ana Elizabeth Asencio de López, de cuarenta y siete años de edad, Secretaria, de este do¬micilio, persona a quien identifico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero un millón novecientos veinticuatro mil quinientos seis- cinco; Vilma Guadalupe Torres Tobar, de cuarenta y cuatro años de edad, Secretaria, de este do¬micilio, persona a quien identifico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero cero cero cincuenta y dos mil setecientos sesenta y cuatro-seis; y David Hernández Díaz, de sesenta y un años de edad, Motorista, de este domicilio, persona a quien identifico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero cero seiscientos ochenta y cuatro mil cuarenta y ocho-dos, co¬noci¬dos y conoce¬do¬res del otorgan¬te.- Comparece el señor………………, de sesenta años de edad, Empleado, de este domi¬cilio, habiendo nacido en esta ciudad, el día cinco de octubre de mil novecientos sesenta y uno, de naciona¬lidad Salvadoreño por nacimiento, Estado Familiar casado, persona de mi absoluto conoci¬miento, a quien identifico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero tres millones quinientos sesenta mil doscientos ochenta y dos-nueve, con Número de Identificación Tributaria Cero tres millones quinientos sesenta mil doscientos ochenta y dos-nueve.- Y ME DICE: Que por medio de este instrumento, dispone de todo su patrimonio para después de sus días y expresa su voluntad formulando su TESTAMENTO de la manera siguiente: PRIME¬RO: De¬clara que es hijo de los señores Carlos Atilio Guzmán y Paula de Jesús Coto Estrada, el primero fue mayor de edad, Agricultor, originario y vecino de esta ciudad, ya fallecido; y la segunda mayor de edad, originaria de Santa Ana, departamento de Santa Ana y del domicilio de Saint George, Estado de Utah, Estados Unidos de América, sobreviviente.- SEGUN¬DO: Declara que en la ciudad de Lynwood, Estado de Los Ángeles, Estados Unidos de América, contrajo matrimonio con la señora……………., quien es de cincuenta y seis años de edad, Empleada, originaria de San Salvador y del domicilio de esta ciudad, sobreviviente; y con quien procreó a sus cuatro hijos de las generales siguientes: JASON EDWARD GUZMÁN, quien es de treinta y cinco años de edad, Empleado, originario de La Mirada, Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América y del domicilio de Saint George, Estado de Utah, Estados Unidos de América, sobreviviente; KEVIN NELSON GUZMÁN, quien es de veintinueve años de edad, Empleado, originario de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, y del domicilio de Saint George, Estado de Utah, Estados Unidos de América, sobreviviente; MELISA DENISE GUZMÁN, quien es de veintisiete años de edad, Asistente Medico, originaria de Downey, Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, y del domicilio de Saint George, Estado de Utah, Estados Unidos de América, sobreviviente; y ANDREW NELSON GUZMÁN, quien es de diecinueve años de edad, Estudiante, originario de Washington, Estado de Utah, Estados Unidos de América, y del domicilio de Saint George, Estado de Utah, Estados Unidos de América, sobreviviente.- Todos sus hijos antes mencionados son Estadounidenses por nacimiento.- Sigue manifestando que fuera de sus mencionados hijos no tiene otros, ni vivos o muertos que puedan llegar poste¬riormente a obtener esa calidad de hijos, ni tampoco tiene hijos adoptivos.- TERCERO: Que éste testa¬men¬to tiene por objeto exclusivo el Insti¬tuir Herede¬ros, con las cláusulas que es de su absoluta voluntad estable¬cer.- CUARTO: De¬clara que insti¬tuye como sus ÚNICOS Y UNIVERSA¬LES HEREDEROS de todos sus bie¬nes muebles e inmuebles, derechos y acciones transmisibles presentes y futuros, a sus hijos, los señores…………………., de las generales antes expresadas.- QUINTO: Manda que el usufructo de todos sus bienes inmuebles, le correspondan a su esposa la señora …………………., de las generales antes expresadas, a quien releva de la obligación de la caución de conservación y restitución que ordinariamente deba prestar el usufructuario.- SEXTO: Declara que antes de este día, no ha formalizado ninguna disposición testamentaria, y si alguna apareciere, manda que sólo éste testamento se tenga como la expresión de su última voluntad.- Y¬o, la No¬tario DOY FE: Que co¬nozco al Testa¬dor, de que se en¬cuen¬tra en el pleno uso de sus fa¬culta¬des menta¬les, y de que se en¬cuen¬tra en su sano jui¬cio, ¬circuns¬tancia de la cual me cercio¬ré en presen¬cia de los tes¬tigos refe¬ridos.- Expli¬qué al otorgante a quien duran¬te el trans¬cur¬so de éste testa¬mento he tenido y tengo a la vis¬ta,¬ los efec¬tos legales de este ins¬tru¬men¬to, y leído que les fue por mí to-do lo escri¬to en un solo acto ¬i¬ninte¬rrum¬pi¬do, lectura que hice en ALTAS, CLARAS Y PAUSA¬DAS VOCES a pre¬sencia como se ha expre¬sado de los testi¬gos rela¬cio¬na¬dos, ¬quie¬nes reúnen las con¬dicio¬nes espe¬ciales que la ley exige para esta clase de actos nota¬riales, quie¬nes han oído el tenor de las pre-sentes disposi¬cio¬nes, y que han tenido a la vista en forma cons¬tante al Testa¬dor a quien cono¬cen du¬rante el otor¬ga¬miento y lectu¬ra de este instru¬mento, ¬mani¬festó el propio testa¬dor en forma clara y viva voz, ¬que está re¬dactado con¬for¬me a su volun¬tad y dis¬posi¬cio¬nes citadas y rati¬ficó su con¬te¬nido en todas y cada una de sus partes y firma¬mos junta¬mente con los testi¬gos rela¬cio¬na¬dos, y el testador además de su firma deja la impresión digital del pulgar de la mano derecha para constancia.- DOY FE.-