ADECUACION DE NOMBRE

03 Ene 2012 21:14 #1 por SANLO
ADECUACION DE NOMBRE Publicado por SANLO
Holas amigos y amigas, necesito saber en qué específicamente consiste una ADECUACIÓN DE NOMBRE en qué casos es que se aplica y que diferencia tiene con una Rectificación.

Mil gracias, pero estoy confundida.

Saludos y aprovecho para desearles a todos y todas feliz año 2012, exitos!!

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03 Ene 2012 23:16 #2 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
Hola te dejo estas disposiciones que de su lectura se infiere lo que preguntas:


LEY DEL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL


ADECUACION DE NOMBRE A ESTA LEY
Art. 39.- La persona cuyo nombre no esté conforme con las disposiciones de esta ley, podrá continuar usándolo sin modificaciones O ADECUARLO A ELLA.
Toda adecuación que no tuviere trámite especial señalado se hará en escritura pública que se relacionará al margen de la partida de nacimiento.

DERECHO AL NOMBRE
Art. 1.- Toda persona natural tiene derecho al nombre que usa legítimamente, con el cual debe individualizarse e identificarse.

OBJETO DE LA LEY
Art. 2.- La presente ley regula el nombre de la persona natural, EN CUANTO A SU FORMACIÓN, ADQUISICIÓN, ELEMENTOS, CAMBIOS, USO Y PROTECCIÓN.

ELEMENTOS DEL NOMBRE
Art. 3.- Los elementos del nombre son: el nombre propio y el apellido.

SIGNIFICADO DE LA PALABRA "NOMBRE"
Art. 6.- Cuando en el texto de esta ley o de otras, decretos o reglamentos, se mencione la palabra "Nombre" sin la calificación, SE ENTENDERÁN COMPRENDIDOS EL NOMBRE PROPIO Y EL APELLIDO.

FORMACION DEL NOMBRE PROPIO
Art. 7.- El nombre propio estará formado por dos palabras como máximo, y se asignará al inscribirse el nacimiento en el Registro Civil correspondiente.
FORMACION DEL APELLIDO
Art. 13.- El apellido se adquiere y se integra conforme a las disposiciones consignadas en esta ley.

APELLIDO PARA HIJOS DE MATRIMONIO
Art. 14.- Los hijos nacidos de matrimonio así como los reconocidos por el padre, LLEVARÁN EL PRIMER APELLIDO DE ÉSTE, SEGUIDO DEL PRIMER APELLIDO DE LA MADRE.

APELLIDO PARA LOS HIJOS NO RECONOCIDOS POR SU PADRE
Art. 15.- Los hijos NO RECONOCIDOS por su padre, LLEVARÁN LOS DOS APELLIDOS DE LA MADRE, y si ésta tuviere uno sólo, el funcionario encargado del Registro Civil le asignará un apellido de uso común, si la madre no se lo asignare escogiéndolo de entre los de sus ascendientes más próximos.



LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCION VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS

Art. 1.- Esta Ley es aplicable a los asuntos de jurisdicción voluntaria y diligencias que en la misma se confían a los notarios, sin perjuicio de las actuaciones notariales que determinan otras leyes.

OMISIONES O ERRORES EN PARTIDAS DEL REGISTRO CIVIL

Art. 11.- Si en alguna partida del Registro Civil SE HUBIESE INCURRIDO EN ALGUNA OMISIÓN O ERROR, el interesado se presentará ante notario formulando una declaración jurada y ofreciendo probar los hechos. El notario recibirá las pruebas, dará audiencia al Síndico Municipal del lugar del Registro Civil respectivo, por tres días hábiles, y con su contestación o sin ella, pronunciará resolución ORDENANDO LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA, si fuere procedente. El testimonio que se expida al interesado se presentará al Registro Civil correspondiente para que se haga la rectificación por anotación marginal.
saluditos
El siguiente usuario dijo gracias: SANLO

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04 Ene 2012 02:11 #3 por Isaí
Respuesta de Isaí sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
Hola Sanlo, espero ayudarte con lo que te diré.
Brevemente te explico en qué consiste cada uno de esos casos.
La rectificación se da por errores u omisiones en las partidas de nacimiento al momento de asentar al niño.
Por su parte, la adecuación del nombre se realiza para aquellas personas que tienen un nombre impropio de personas, lesivo a la dignidad humana o equívoco respecto al sexo, entonces estas personas se deben adecuar el nombre segun lo estipulado en la Ley del NOmbre de la Persona Natural, si esta persona nació después de haber entrado en vigencia esta Ley.
Si por el contrario, la persona tiene un nombre impropio de personas, lesivo a la dignidad humana o equívoco respecto al sexo o sólo tiene un nombre y un apellido, tiene la facultad de decidir si se lo adecua o no.
No te cito ninguna disposicion legal porque ya el colega pekozoo luna lo hizo.
Espero te sirva.

Saludos
El siguiente usuario dijo gracias: SANLO, LEX 503

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05 Ene 2012 04:02 #4 por Cieloacmg
Respuesta de Cieloacmg sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
Aportando mi granito de arena.

La adecuación de nombre también opera, en el caso del reconocimiento voluntario, por testamento o judicial, de una persona adulta, la cual también ha tenido hijos que fueron asentados con el apellido materno del que está siendo reconocido. Acá, los hijos del reconocido deberán adecuar sus nombres con el apellido que éste adoptará.

Te lo ilustro con un ejemplo.


- Salvador René Ramírez es reconocido por su padre Carlos Francisco García López por medio de testamento.
- Salvador René Ramírez tiene dos hijos: a) René Alberto Ramírez Díaz y b) Diana Elizabeth Ramírez Díaz.
- En razón del reconocimiento, Salvador se llamará: Salvador René García Ramírez
- Por lo tanto, sus hijos deberán tramitar Adecuación de Nombre para llevar el apellido García, así: René Alberto García Díaz y Diana Elizabeth García Díaz.

Espero se entienda el ejemplo.

Saludos!
El siguiente usuario dijo gracias: ellitigantesinsaco, SANLO, marvingutierrez, EFonsek, Daniela Rojas

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05 Ene 2012 07:13 #5 por marvingutierrez
Respuesta de marvingutierrez sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
buen aporte gracias

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05 Ene 2012 13:04 #6 por cordobias
Respuesta de cordobias sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
Excelentes aportes,
Gracias a todos los que se taman el tiempor para contestar las preguntas de los foristas, tomemos ejemplo de ellos.
Que Dios los bendiga a todos y que este nuevo año esté lleno de ricas y abundantes bendiciones.
Saludos cordiales
El siguiente usuario dijo gracias: SANLO

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05 Ene 2012 20:03 #7 por SANLO
Respuesta de SANLO sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
Muchas gracias por las respuestas dadas, de verdad me han ayudado mucho y el último ejemplo está excelente, gracias de nuevo!

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05 Ene 2012 20:06 #8 por SANLO
Respuesta de SANLO sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
pero en la adecuación no tienen que darle una nueva partida a la persona, solo se margina la partida? me surge la incógnita porque entonces parecería que son dos padres diferentes... no se si me explico....

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05 Ene 2012 22:59 #9 por Pasante
Respuesta de Pasante sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
Lo unico que se hace es la marginacion de la partida, en la cual se establece la adecuacion del nombre que se ha realizado.

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07 Ene 2012 03:51 #10 por nelsonisai
Respuesta de nelsonisai sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
lo que pasa en este caso como te explica pekozoo luna, la adecuacion se hace en el sentido de que se ordena a la alcaldia que se margine la partida de nacimiento y se ordenen los apellidos de acuerdo a la ley y es que se ponen primeramente el apellido del padre y luego el de la madre tal como lo manda la ley.

en la rectificacion procede cuando hay un error de escritura como ejemplo.
El siguiente usuario dijo gracias: SANLO

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07 Ene 2012 04:10 #11 por patyesenia
Respuesta de patyesenia sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
no no se da otra partida, lo unico que se hace es llevar el documento donde se hizo la adecuacion a la alcaldia y lo q esta hace es marginar la partida donde ponen q se hizo una adecuacion y ponen el resumen de la adecuacion, la partida no cambia ud siempre vera el nombre primero pero se entiende q si hay una marginacion en donde consta una a decuacion uno tiene q tomar los datos de esa adecuacion.
El siguiente usuario dijo gracias: SANLO

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07 Ene 2012 05:44 - 22 May 2013 00:26 #12 por chumy
Respuesta de chumy sobre el tema Re: ADECUACION DE NOMBRE
cieloacmg

a continuacion de tu respuesta a SANLO, hazme el favor de ampliar... si el fulano es casado, como se procederia con la esposa, adecuacion tambien?

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