NUMERO CUARENTA Y SEIS.- LIBRO SETENTA Y CUATRO.- RECONOCIMIENTO DE HIJO.- En la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de America , a las diez horas y veinticinco minutos del día veintidos de abril del año dos mil diez.- Ante mi, LUIS MIGUEL GUERRERO FLORES, Abogado y Notario, de este domicilio y del de la ciudad de San Miguel, Departamento del mismo nombre, Republica de El Salvador, cartulando de conformidad al Articulo tres de la Ley del Notariado vigente de la Republica de El Salvador, comparece el se\'f1or MANUEL ANTONIO PINEDA TEJADA, de cincuenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de la ciudad Oakland, Estado de California, , Estados Unidos de America, y del de Nueva Concepción, jurisdicción, distrito y Departamento de Chalatenango, Republica de El salvador, a quien en virtud de este acto ahora conozco personalmente e identifico en legal forma por medio de su Pasaporte de la Republica del Salvador Tipo P código SLV numero RE cero seiscientos veintiseis mil cincuenta y cinco, expedido en el Consulado General de El Salvador en la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de America el día veintidoss de marzo del añoo dos mil diez; y vence el día veintidos de marzo del añoo dos mil quince; Y ME DICE: Que con la señora NORA LIDUVINA HERRERA, quien es mayor de edad, de Oficios Domesticos, originaria de Nueva Concepción, Jurisdicción, distrito y Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador, y con domicilio actual en Caserio Arracado, Jurisdicci\'f3n de Nueva Concepción, Distrito y Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador; de Nacionalidad Salvadore\'f1a, con quien procreo a la menor CINDY LORENA HERRERA, de quince a\'f1os de edad, Estudiante, del domicilio de Caser\'edo Arracado, Jurisdicci\'f3n de Nueva Concepci\'f3n, Distrito y Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador, de Nacionalidad Salvadore\'f1a, nacida en el Barrio El Rosario, de la ciudad de Nueva Concepci\'f3n, Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador, el d\'eda veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro; que en tal virtud y en este acto reconoce como su hija a la se\'f1orita CINDY LORENA HERRERA, facult\'e1ndola especialmente para que use su apellido, confiri\'e9ndole y contrayendo a la vez los derechos y deberes que de este reconocimiento se derivan; en consecuencia de este reconocimiento su hija aparecer\'e1 como CINDY LORENA PINEDA HERRERA, lo que as\'ed deber\'e1 hacerse constar en el respectivo Registro del Estado Familiar al asent\'e1rsele la nueva partida de nacimiento, previa cancelaci\'f3n de la actual, de conformidad con el Articulo dieciocho de la Ley del Nombre de la Persona Natural, contenida en el Decreto Legislativo numero cuatrocientos cincuenta de fecha veintid\'f3s de febrero de mil novecientos noventa, publicado en el Diario Oficial numero ciento tres del Tomo trescientos siete de fecha cuatro de mayo del mismo a\'f1o, en relaci\'f3n con el Articulo catorce de la misma Ley. Tuve a la vista la certificaci\'f3n de la partida de nacimiento de la se\'f1orita CINDY LORENA HERRERA, asentada bajo el numero novecientos treinta y cuatro, pagina cuatrocientos sesenta y siete, del Libro de Partidas de nacimientos, que el Registro del Estado Familiar de la Alcald\'eda Municipal de Nueva Concepci\'f3n, Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador, llevo en el a\'f1o mil novecientos noventa y cuatro, en la cual consta que la inscrita naci\'f3 en el lugar y fecha antes relacionados, siendo hija de la se\'f1ora NORA LIDUVINA HERRERA; extendida por el Jefe del Registro del Estado Familiar de la Alcald\'eda Municipal de Nueva Concepci\'f3n, Departamento de Chalatenango, Republica de El Salvador, se\'f1ora Juana Mercedes Argueta de Rodr\'edguez, el d\'eda siete de febrero del a\'f1o dos mil diez.- Explique al otorgante los efectos legales de esta escritura, y le\'edda que se la hube \'edntegramente en un solo acto ininterrumpido, manifiesta: que esta redactada a su voluntad, ratifica su contenido y para constancia firma conmigo. Doy Fe.