Buen día, agradeciendo su ayuda, solicito orientación. Sí el demandado en un proceso ejecutivo desea llegar a un arreglo, ya sea negociando la deuda y pagarla toda o en cuotas de acuerdo al monto que dice la demanda; y estando en la etapa de contestación, será ésta la etapa procedente para hacerlo? y si es así deberá contestarla en sentido afirmativo, allanándose, mencionando en la contestación la propuesta que ofrece? ó partiendo que el pago puede hacerse en cualquier momento; deberá esperar a que se dicte sentencia, para ver como queda? No obstante que en la sentencia podrán sumar mas intereses y las costas procesales, Y si después de dictada la sentencia podrá mantenerse la negociación en el monto que dice la demanda? cuál sería la que mas conviene al demandado? infinitas gracias.