Hola necesito ayuda tengo un mi caso que una cliente hizo uso de una partida ficticia desde que ella tenia 22 años, la cual utilizo para comprar inmuebles, tiene dui, nit, carnet electoral y así asentó a su hija ya mayor de edad, en fin toda clase de documentos, pero los datos de su partida son ficticios ya que al ir a verificar a la alcaldía de donde ella es originaria aparece el nombre de otro señor. solicite al juez que ordenara la anulación del asiento que existe de mi clliente en el registro de las Personas Naturales y que se le hiciera un subsidiaria de nacimiento a mi cliente ya que no tiene partida de nacimiento y el juez me la declaro improponible. como puedo elaborarla nuevamente? dicen que el artículo 22."c" no se puede aplicar en tal caso, y entonces.
- En primer lugar mi cliente llevo al registro de Personas Naturales esa partida cuando inicio lo del DUI, es por esa razón que aprarece en ese lugar logrando asi que le extendieran su Dui por muchos años e inclusive este se le vence en el 2018.
_ A que disposicon legal debo amparar porque no sé como hacer?
Espero me ayuden.
El principio de la sabiduría es el temor a Johová. Proverbio 1-7.
Tu caso esta bien dificil, como lo has planteado, me gustaria ver la demanda que fue declara improponible, para analizarla y ver la falla, y poder asi dar una mejor opinion...
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: eunice_gonzalez
No se si tu caso este dificil en realidad, más creo que esta confuso y faltan elementos que analizar para verificar si el juez de familia procedió bien declarando improponible la demanda.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
haa, fijese que el dice que yo estoy pidiendo que se anule la partida de nacimiento del señor que esta registrado, y eso no es asi, pero no sé si apelar porque es erroneo lo que el jurista piensa, pero ahi esta la demanda que presente
El principio de la sabiduría es el temor a Johová. Proverbio 1-7.
yo digo que esta confuso en el planteamiento y en el petitorio, primero debe anular el registro de la partida erronea con el eso elimina el dato erróneo en RNPN y posterior o alterno le sigue via notarial Subsidirio de Nacimiento de Addulto, o despues que anulen la partida,,, para mi lo has planteado mal la demanda
No se puede hacer vía notarial porque los documentos que posee la cliente han nacido de un documento ilícito, por lo cual se debe dilucidar vía judicial.
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Pues te la pongo mas dificil, por ahi hay un articulo del codigo civil que habla de la nulidad, que deja claro que la persona que con conocimiento de que un acto juridico será nulo, lo realiza, no puede alegar la nulidad del acto. Por ahi hay unas sentencias de la sala de lo civil que refuerzan esa disposicion, pero colega le voy a ser honesto intente abrir el archivo pero no pude abrirlo ni aun descargandalo, no pude ver su demanda para tener un mejor panorama del asunto.
Art. 1553.- La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el Juez, aun sin petición de parte, cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato; puede alegarse por todo el que tenga interés en ello, excepto el que ha ejecutado el acto o celebrado el contrato, sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba; puede asimismo pedirse su declaración por el ministerio público en el interés de la moral o de la ley: y no puede sanearse por la ratificación de las partes, ni por un lapso de tiempo que no pase de treinta años.
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El siguiente usuario dijo gracias: eunice_gonzalez