Mi humilde opinión es que esto se debe de regular a través de una reforma a la Ley del Arancel Judicial, y una Reforma Notarial, o como decía otro colega, crear un Código Notarial que contemple todas las situaciones procedimentales al ejercicio del notariado y colateralmente también de la abogacía, y se dejen las cuestiones sustantivas (como las del código civil) en paz, sin mezcla ni alboroto. Y ahí (o sea en la reforma) incluir techos o mínimos, lo cual le beneficiaría inclusive al estado en cuanto a recaudación, y afectaría en gran manera a los "coyotes" como tu les llamas, porque los obligaría a estudiar o a terminar los estudios (de lo contrario no podrían ejercer).
Lo malo es que con esto dejamos vivo otro problema, que muchos de estos "coyotes", efectivamente han estudiado y han salido de universidades mediocres y eso no lo podemos corregir de ningún otro modo más que solo este: (siempre que lo menciono muchos colegas se asustan), por qué no creamos "Licencias para el ejercicio de la Profesión"? que la Corte o un ente donde no haya tanto compadrazgo ni tráfico de influencias nos examine cada 5 años en el mes de nuestro cumpleaños (igual que la Licencia de Conducir) y que se vea si no somos "Menos Abogados", en honor a la frase de Juan Coture: "Estudia: El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado". Este es realmente nuestro verdadero problema, salimos de la Universidad (algunos 'anantes' como dicen en el pueblo) y de ahí ya no estudiamos más, ni siquiera las ramas que nos gustan. Por eso anda tanto 'Gambusino' en la calle.
Los que se enojan con mi idea son los Abogados(as) Viejos(as) y tercos y además los simplemente pasantes o practicantes, que si les dice la corte que los examina a ver que también andan en conocimientos 'Se orinan' o 'tiemblan del pánico'. Yo les digo: "Quien nada debe nada teme", y si son tan buenos que lo demuestren. ¿Qué les parece?
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)