El acogimiento legal de la firma electrónica en nuestro Ordenamiento, así como el de la figura de los prestadores de servicios de certificación (en adelante, PSC), no sólo ha estado plagada de las más diversas controversias doctrinales, que incluso han cuestionado el encaje de la firma electrónica y los PSC en nuestro Derecho, sino que además, la confusión existente sobre lo que la firma electrónica es, y lo que la prestación de servicios de certificación comporta, que encuentra su justificación en su origen técnico y ajeno a nuestra cultura jurídica, han generado también constatables e importantes distorsiones en el nuevo mercado de servicios de certificación de firma electrónica, que comprometen en buena manera la libre competencia en el mismo.
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Creado | 2011-06-17 14:49:16 |
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