elsalvadorlex.org - Forum Kunena Site Syndication http://elsalvadorlex.org/ Sat, 25 May 2013 10:57:32 +0000 Kunena 1.6 http://elsalvadorlex.org/components/com_kunena/template/default/images/icons/rss.png elsalvadorlex.org - Forum http://elsalvadorlex.org/ en-gb Asunto: MATERIA DE FAMILIA - por: RUBI ALEXANDRA http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41236&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41661 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41236&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41661 quien es una excelente profesional especialista en familia que colabora tan atentamente en este foro, en muchas ocasiones mis decisiones en materia de familia las he tomado gracias a sus sugerencias y todo me sale a la perfección, no es bueno ofendernos entre colegas y mucho menos de este foro, nuestros comentarios son muy importantes ya que cada cabeza es un mundo,,, todos son muy amables,,,muchisimas gracias y Dios derrame infinitas bendiciones a todos... ]]> Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 05:43:39 +0000 Asunto: Sociedad-constancia de NO eleccion de nueva JD - por: Isabel07 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41660&Itemid=98#41660 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41660&Itemid=98#41660
Será que alguien me puede ayudar con un modelo de constancia en la que se establezca que no ha habido eleccion de nueva junta directiva pero que los miembros continúan en sus funciones, el plazo ya se le venció a la junta directiva pero no han elegido una nueva junta directiva]]>
Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 05:37:05 +0000
Asunto: Inquilinato - por: alks93 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41659&Itemid=98#41659 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41659&Itemid=98#41659 Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 04:31:57 +0000 Asunto: FAMILIA CONVENIO - por: alks93 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41658&Itemid=98#41658 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41658&Itemid=98#41658 Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 04:29:52 +0000 Asunto: simulacion de matrimonio - por: gavita http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41507&Itemid=98#41657 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41507&Itemid=98#41657
porque dice que después el esposo le pidió a un amigo que en ese entonces trabajaba en la alcaldia, le hiciera el favor de colocarle el apelllido segun lo que expresa, porque ningun otro documento tiene de casada, solo el DUI Y ha intentado sacarlo dos veces y siempre se lo dan de casada y ni siquiera ha presentado tal partida de matrimonio, pero bien tu orientación es muy beneficiosa para mi. agradezco su experiencia algo intentare gracias.]]>
Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 04:08:54 +0000
Asunto: Recurso de revocatoria y recurso de revisión - por: Med http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=15&id=41656&Itemid=98#41656 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=15&id=41656&Itemid=98#41656 Gracias por su tiempo.
Saludos]]>
Derecho Penal Sat, 25 May 2013 03:28:57 +0000
Asunto: ayuda - por: Mery Rivas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41517&Itemid=98#41655 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41517&Itemid=98#41655
LA IMPORTANCIA ES: EL "ORDEN" QE EXISTE DE LLEVAR LOS DATOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE.

BENEFICIO: RELATIVO, PUES EXISTE MAS BENEFICIO PARA LAS INSTITUCIONES QUE PARA LOS COTIZADORES O FUTUROS PENSIONADOS POR ESTAS.]]>
Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 01:50:41 +0000
Asunto: Partida de nacimiento asentada el 30 de febrero - por: Mery Rivas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41623&Itemid=98#41654 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41623&Itemid=98#41654 Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 01:33:07 +0000 Asunto: modelo - por: amado alvarez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=24666&Itemid=98#41653 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=24666&Itemid=98#41653 Consultas y Asesoria Sat, 25 May 2013 01:25:33 +0000 Asunto: contrato estimatorio - por: dora emely ventura medina http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=13&id=40692&Itemid=98#41652 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=13&id=40692&Itemid=98#41652 frank-vane escribió:
te debo la Jurisprudencia estimsdo colega, tal vez otro forista te ayude en tu caso...!!!hugo pineda escribió:
jurisprudencia relacionada
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Derecho Mercantil Sat, 25 May 2013 01:07:37 +0000
Asunto: Modelo de Diligencias Preliminares - por: dora emely ventura medina http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=29&id=9691&Itemid=98#41651 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=29&id=9691&Itemid=98#41651 rem01juris escribió:
Les dejo un medelo de las Diligencias Preliminares asi como tambien un Incidente de Oposición es modelo elaborado en Clases de Derecho Procesal Civil 2; no esta revisado ni aprobado por un Juez de lo Civil y Mercantil pero les puede servir en un determinado momento.-
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Derecho Civil Sat, 25 May 2013 01:05:12 +0000
Asunto: CASO RARO DE FAMILIA - por: dora emely ventura medina http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41374&limit=12&limitstart=24&Itemid=98#41650 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41374&limit=12&limitstart=24&Itemid=98#41650 Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 01:03:54 +0000 Asunto: Sobre título supletorio... - por: Baby http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41641&Itemid=98#41649 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41641&Itemid=98#41649
saludos cordiales]]>
Noticias de El Salvador Lex Sat, 25 May 2013 00:54:42 +0000
Asunto: titulo supletorio - por: Baby http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=10&id=41594&Itemid=98#41646 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=10&id=41594&Itemid=98#41646
saludos cordiales]]>
Derecho Civil Sat, 25 May 2013 00:49:11 +0000
Asunto: Alguien cuenta con un modelo de amparo por despido - por: Baby http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=37&id=37453&Itemid=98#41640 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=37&id=37453&Itemid=98#41640
Saludos cordiales]]>
Derecho Constitucional Fri, 24 May 2013 23:21:25 +0000
Asunto: Poder para realizar tramite en aseguradora... - por: Cespedes666 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41638&Itemid=98#41638 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41638&Itemid=98#41638 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 22:34:18 +0000 Asunto: IDENTIDAD POSTUMA - por: Cespedes666 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41636&Itemid=98#41637 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41636&Itemid=98#41637 De que advertí a la compareciente el deber de presentar al Registro del Estado Familiar correspondiente el Testimonio de esta Escritura para la correspondiente marginación de la Partida de Nacimiento y de Defunción anteriormente relacionadas. Así se expresó la compareciente y testigos, a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento y leído que les fue por mí, íntegramente todo lo escrito en un solo acto ininterrumpido, declaran su conformidad, ratifican su contenido y firmamos juntamente con las testigos. DOY FE.-

SO ANTE MI, del Folio OCHENTA Y SEIS frente, al Folio _______ frente, del Libro ______ de mi Protocolo que se vence el día ____________________, y para ser entregado a el señor ___________________, extiendo, firmo y sello el presente TESTIMONIO DE DILIGENCIAS DE IDENTIDAD PERSONAL POST MORTIS, en la ciudad de ________________, departamento de ___________, el día __ de ____ de dos mil trece.-]]>
Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 22:26:57 +0000
Asunto: APELACION SENTENCIA - por: will http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=41635&Itemid=98#41635 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=41635&Itemid=98#41635 Derecho de Familia Fri, 24 May 2013 21:39:23 +0000 Asunto: instrumentos notariales de otorgantes presos - por: leonel vasquez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41269&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41634 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41269&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41634 Consultas y Asesoria Fri, 24 May 2013 21:02:00 +0000 Asunto: A todos los interesados en instruirse mas. - por: FRANCELI http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41574&Itemid=98#41632 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41574&Itemid=98#41632 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 20:38:05 +0000 Asunto: DIPLOMADO DE DERECHO NOTARIAL - por: leonel vasquez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41614&Itemid=98#41630 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41614&Itemid=98#41630 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 20:34:53 +0000 Asunto: Examen Notariado 2 - por: NVramirez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41540&Itemid=98#41622 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41540&Itemid=98#41622 l.hernandez2477 escribió:
Sobre el examen de notariado, simpre han existido leyendas urbanas, se manejan entre los abogados muchos mitos e incluso se han escrito varios libros desde aquellos dos exàmenes que hizo la Corte en un año, y que solamente aprobaron 12 abogados.

Te recomiendo visitar la editorial lis que esta ubicada una cuadra arriba del fondo solical para la vivienda en San Salvador y pregunta por las guìas para el examen, son dos libritos, muy baratos que contienen preguntas y respuestas.

En los tribunales y en la entrada de la Corte de Cuentas tambien se venden otros libros, como te comentaba se han escrito muchos libros.

Mi recomendaciòn es que te consigas examenes de años anteriores, de esta forma comienzas a practicar el sistema de respuestas y las famosas "cascaritas de las preguntas".
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Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 19:22:10 +0000
Asunto: cancelacion bien de familia finata - por: abel mejia http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=34016&Itemid=98#41621 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=34016&Itemid=98#41621 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 19:19:19 +0000 Asunto: modelo de cancelacion de bien de familia - por: abel mejia http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=8309&Itemid=98#41617 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=8309&Itemid=98#41617 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 19:07:12 +0000 Asunto: ESC. ADECUACION DE NOMBRE MENOR DE EDAD - por: lost canvas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41575&Itemid=98#41615 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41575&Itemid=98#41615
En mi opinión personal al tenor de lo que expresa el artículo treinta y nueve de esta ley, la adecuacion de nombre de menores de edad o incapaces debe hacerse por la via judicial, con los adultos no le veo problema dado que de la lectura de los considerandos y del articulo antes citado, no se puede inferir categóricamente que no puedan hacer uso de esta ley para adecuar su nombre a la legislacion actual, pues si fuera cierto que una persona nacida antes de la vigencia de la ley del nombre no pudiera adecuar, se estaria cometiendo una violacion a su derecho a la identidad, segun el art. 36 de la constitución, y por otro lado ni los jueces de familia podrian hacer uso de dicha normativa para solventar las pretensiones de muchas personas que se encuentran bajo esa situación jurídica, y de todos es conocido que los jueces de familia si acceden a hacerlo sin problema; Por ejemplo el crierio de la alcaldia de san salvador es que no se puede, ellos lo arreglan en base a una rectificacion via solicitud segun el art. 17 de la ley transitoria, que para mi es un acto arbitrario, dado que dicha rectificación no tiene fundamento legal, pues no se subsume en ninguna de las causas de rectificacion que esa disposición señala, y además no es un error ni omisión que el registrador del estado familiar haya cometido en el momento de la inscripción del nacimiento, defunción, matrimonio, etc.

Por lo que te aconsejo que averigues el criterio de esa alcaldía, para saber como proceder.

EXTENSION DE CAMBIO DE APELLIDO

Art. 25.- En los casos previstos en esta ley, el cambio en el apellido se extenderá a los descendientes menores de edad y a los mayores que consientan en ello. También se extenderá a la cónyuge cuando ésta ha optado por usar el apellido del marido.

Lo anterior se hará constar por marginación en las partidas de nacimiento o de matrimonio, en su caso.

ADECUACION DE NOMBRE A ESTA LEY

Art. 39.- La persona cuyo nombre no esté conforme con las disposiciones de esta ley, podrá continuar usándolo sin modificaciones o adecuarlo a ella.

Toda adecuación que no tuviere trámite especial señalado se hará en escritura pública que se relacionará al margen de la partida de nacimiento]]>
Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 18:48:00 +0000
Asunto: COLEGAS NECESITO AYUDA - por: Carlos II http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41580&Itemid=98#41612 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41580&Itemid=98#41612
Gracias....]]>
Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 15:12:13 +0000
Asunto: se puede vender una casa usurpada? - por: Lunita1980 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41563&Itemid=98#41606 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41563&Itemid=98#41606 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 12:59:36 +0000 Asunto: RARO CASO DE DOMINIO - por: lost canvas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41447&Itemid=98#41602 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41447&Itemid=98#41602
SI EL SEÑOR SOBREVIVIENTE FUERA DECLARADO HEREDERO, TENDRIA QUE ENFRENTARSE CON EL MISMO ASUNTO, HEREDARIA LA POSESION DE LA MISMA CLASE, ES DECIR REGULAR O IRREGULAR, QUE DE TODOS ES CONOCIDO QUE PARA LA PRIMERA CLASE, SE REQUIERE POSESION REGULAR DURANTE DIEZ AÑOS Y PARA LA OTRA CLASE NO TENER JUSTO TITULO Y POSEER EL INMUEBLE DE FORMA PACIFICICA, CLANDESTINA E ININTERRUMPIDA POR EL TÉRMINO DE TREINT AÑOS. AHORA BIEN SI ACEPTA HERENCIA PODRIA SUMAR EL TIEMPO DE POSESION DEL CAUSANTE AL QUE EL YA TIENE, LO QUE LE FACILITARIA O BIEN LA ESPERA PARA ADQUIRIR EL DOMINIO POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA O ADQUIRIRLO POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ORDINARIA. PERO CON TODO SE DEBE DE DEMANDAR A LA SUCESION DE LA PERSONA QUE FIGURA COMO DUEÑO, AH POR CIERTO NO SE DEBE OLVIDAR QUE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS DEBE SER INSCRITA PRIMERO PARA LUEGO PODES SUMAR EL TIEMPO DE LA POSESION Y QUERER EJERCER LA ACCION.]]>
Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 05:29:45 +0000
Asunto: Cuanto cobrar por convenio de div en protocolo - por: lost canvas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41367&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41600 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41367&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41600 Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 04:39:39 +0000 Asunto: Registro de partida matrimonial - por: legisted http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=16855&Itemid=98#41596 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=16855&Itemid=98#41596 Derecho de Familia Fri, 24 May 2013 02:26:33 +0000 Asunto: se necesita contrato para vender muebles? - por: bittersweet http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41581&Itemid=98#41589 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41581&Itemid=98#41589 muchas gracias son muy amables ]]> Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 01:26:30 +0000 Asunto: desmembracion en cabeza de dueño - por: legisted http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41578&Itemid=98#41587 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41578&Itemid=98#41587 si el señor no ha hecho esto y solo quiere segregar una porcion y no se considera una lotificacion puede hacerlo pero como segregacion simple pero debe presentar plano del pedazo a segregar y del resto que le queda, esto siempre que sea un inmueble general matriz y que no provenga de una desmembracion de uno mas grande por que si no no aprueban plano. Espero te sirva.]]> Noticias de El Salvador Lex Fri, 24 May 2013 01:17:25 +0000 Asunto: BUSCO INGENIERO CON LAS 3 "B" !! JEJEJE - por: Enrike_1° http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41209&Itemid=98#41579 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41209&Itemid=98#41579 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 23:25:02 +0000 Asunto: OPERACION EN EFECTIVO BANCARIA - por: humbertoni http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41577&Itemid=98#41577 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41577&Itemid=98#41577
Agradeceré sus comentarios en relación al siguiente caso:

Un cliente se ha presentado al Banco en que trabajo, dicho cliente se encuentra en mora con sus creditos por mas de $160,000.00, y propone realizar el abono a sus prestamos por la cantidad de $133,000.00 pero en "efectivo".
Al consultarle al cliente sobre la procedencia de los fondos menciona que son producto de un prestamo que le realizo una vecina y como respaldo posee un mutuo.

En cuanto a lo anterior y basandonos en la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos, se establece que las instituciones financieras deben respaldar las operaciones en efectivo superiores a los $57,142.86 complementando un formulario de la Unida de Investigación Financiera de la Fiscalia, y deberan presentar el respaldo de los fondos.

La duda consiste en: hasta donde llega el alcance de las instituciones financieras para respaldar estas operaciones en efectivo y si existe algun respaldo legal para poder rechasar esa forma, para prevenir la materialización del Lavado de Dinero???]]>
Consultas y Asesoria Thu, 23 May 2013 22:29:21 +0000
Asunto: Ayuda!!!POsesion - por: SRA. DE PORTILLO http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41040&Itemid=98#41573 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41040&Itemid=98#41573 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 22:05:59 +0000 Asunto: Nuevo reglamento LACAP - por: Armando13 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41553&Itemid=98#41572 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41553&Itemid=98#41572 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 21:36:18 +0000 Asunto: como hago??? - por: l.hernandez2477 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41261&Itemid=98#41571 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41261&Itemid=98#41571
Si los documentos que tiene son originales, ùnicamente debe presentarlos en Relaciones Exteriores para el tràmite de apostilla.

Si tiene copias certificadas por notario, debe acudir a la Oficilia Mayor de la Corte Suprema de Justicia para que autentiquen la firma y sello del notario y luego llevarlo a relaciones exteriores para el tramite de la apostilla.

El tràmite en relaciones exteriores te lo estaban entregando ràpido, igual en la oficialìa mayor de la corte.]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 21:25:50 +0000
Asunto: Cuanto Cobrar desmenbracion en cabeza de su dueño - por: RafaAlfaro http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41555&Itemid=98#41569 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41555&Itemid=98#41569 ]]> Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 21:11:33 +0000 Asunto: CUANTO COBRAR EN DILIGENCIAS - por: juan2121 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41557&Itemid=98#41564 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41557&Itemid=98#41564 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 20:36:52 +0000 Asunto: Se puede aplicar el nuevo Codigo C y M cuand.... - por: RafaAlfaro http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41193&Itemid=98#41562 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41193&Itemid=98#41562
Mariposa Azul escribió:
Definitivamente NO!!!! Recordemos que uno de los principios más elementales que rigen la aplicación de la ley es su irretroactividad, que significa que esta no debe tener efectos hacia atrás en el tiempo; sus efectos solo operan después de la fecha de su promulgación.
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Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 20:29:47 +0000
Asunto: La misma sociedad dos veces. - por: RafaAlfaro http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=14&id=40797&Itemid=98#41561 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=14&id=40797&Itemid=98#41561 Enrike_1° escribió:
El caso es que elaboré en mi protocolo una escritura de sociedad de capital variable con un modelo que descargué aquí en el foro junto a un familiar de los socios que es colega abogado, luego el colega empieza a hacer los tramites para inscribirla, y resulta que en el Registro correspondiente le dicen que ese formato de escritura está desfasado y que es otro formato, el colega busca a un conocido del registro y le pide un formato con el que lo debe hacer. Ahora mi pregunta es ¿Puedo hacer de nuevo la escritura de sociedad en mi protocolo, tomando en cuenta que ya hice una que no aceptaron en el registro?

serian dos escrituras de las mismas


Si las escrituras seran diferentes en su forma y fondo, no creo que haya problemas de hacerla nuevamente en el protocolo. Porque el derecho nace cuando los instrumentos son inscritos en los Registros correspondientes.

Y si resulta que por casualidad se fijan en la Secciòn de Notariado, la explicaciòn creo que serà la que ha expresado en el foro.]]>
Derecho Notarial Thu, 23 May 2013 20:23:11 +0000
Asunto: CANCELACION BIEN DE FAMILIA - por: RafaAlfaro http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41548&Itemid=98#41554 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41548&Itemid=98#41554 gamali escribió:
gracias colega, lo que quisiera saber si se hace de esa forma quien firmara, o se hace un escrito comun y lo firma el propietario en vista que la menor ya es mayor de edad, como los de finata


Creo que depende. Porque lo expresa las Cancelaciones de Bien de Familia, son diferentes.

Y quien comparece en un instrumento es siempre quien firma el mismo.

Ante quien presentarà la cancelaciòn del Bien de Familia???]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 19:06:21 +0000
Asunto: Examen de Notariado - por: Pirinola http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41539&Itemid=98#41547 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41539&Itemid=98#41547
Art. 145.- Los abogados autorizados podrán ejercer la función pública notarial, mediante autorización de
la Corte Suprema de Justicia, previo examen de suficiencia rendido ante una comisión de su seno, el cual
deberá realizarse una vez al año, previa convocatoria, con 90 días de anticipación.


A efectos del inciso anterior, se podrán someter a tal examen todos los abogados, indistintamente del año en que hayan sido autorizados como tales, o si se hubiesen sometido a dicha prueba con anterioridad y conforme a los mecanismos que acuerde la Corte Suprema de Justicia.


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Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 18:11:45 +0000
Asunto: sociedad anomima, pelicula. - por: simeon http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41512&Itemid=98#41545 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41512&Itemid=98#41545 una de Julia Roberts
Llamada: Erin Brockovich
la sociedad es P&G.
es basada en hechos de la vida real.
otra es de John Travolta, es muy poco conocida.
Acción Civil]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 17:54:27 +0000
Asunto: Nulidad de asiento de partida de nacimiento - por: eunice_gonzalez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41519&Itemid=98#41544 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41519&Itemid=98#41544 NVramirez escribió:
eunice_gonzalez escribió:
si es un proceso, ellos me previnieron y los demande ya que me dijeron que habian personas afectadas con dicha nulidad, por lo cual es una Demanda y no me la han adecuado siempre me convocaron a audiencia preliminar sobre proceso de nulidad de asiento de partida de nacimiento y si ya los si contestaron la demanda en sentido positivo que no se oponían,y lo aceptaron no asi al allanamiento por el derecho controvertido.


ok...

Entonces en la audiencia preliminar, no existirà la fase de la conciliaciòn, por la naturaleza del derecho controvertido...

Esta audiencia preliminar iniciarà con la identificaciòn de las partes; Se explicarà que no pueden conciliar por la naturaleza del derecho (es decir por lo mismo que no aceptaron el allanamiento), en la siguiente fase se ordenarà la prueba que desfilarà en la audiencia de sentencia.-
Algunos jueces, preguntan a cada Abogado que pretende establecer con cada uno de los documentos que se han presentado; asì se tiene que decir que con el asiento de partida de nacimiento de la señorita xxxx, se tiene establecida que la misma naciò en xxxx; que existe duplicidad de asiento por cuanto tambien se ha agregado el asiento xxx, donde aparecen los mismos datos, pero quien proporciono los datos fue el señor xxx; y asì papelito, por papelito...De igual forma pregunta sobre que declararàn los testigos...

Algunos prefieren "evitar la fatiga", y solo expresan que la audiencia de sentencia serà el dìa xxx; y que se realizarà la prueba de ADN, para lo cual señala el dìa xxxx...

Y ya...

Suerte...

Gracias lic. le agradezco mucho que usted y muchos del foro compartan sus conicimeintos. Bendiciones.]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 17:51:18 +0000
Asunto: Has pensado hacer el examen de notariado? - por: Samuel Bonilla http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41203&Itemid=98#41541 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41203&Itemid=98#41541 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 17:17:33 +0000 Asunto: demanda por despido injustificado - por: NVramirez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=30&id=21703&Itemid=98#41535 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=30&id=21703&Itemid=98#41535 frank-vane escribió:
Muy buen modelo de demanda de despido injustificado, se le agradece a nuestra colega Nvramirez...!!!


Gracias por sus amables palabras¡¡¡]]>
Derecho Laboral Thu, 23 May 2013 16:43:42 +0000
Asunto: aceptacion de herencia intestada en juzgado - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41327&Itemid=98#41534 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41327&Itemid=98#41534 saru escribió:
hola
este es el caso:
el 1 marzo presente la s diligencias de aceptacion de herencia x via judicial, esta semana fui ala corte para ver en la oficialia si ya habian mandado el informe al juzgado, y nada ni siquiera han mandado el oficio,,, y yo me quede con la boca abierta, hasta la misma lic me dijo q era demasiado tiempo para no mandarloooooooooo, asi q q me dicen es normal esto o no!!
yo mañna ire al juzgado para ver qm dicen, pero para mi es negligencia, q piensasn ustedes???
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Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 16:40:08 +0000
Asunto: ADN - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41520&Itemid=98#41533 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41520&Itemid=98#41533 alpoa09 escribió:
EN UN SUBSIDIARIO DE NACIMIENTO SE PUEDE HACER VALER UNA PRUEBA DE ADN, REALIZADA EN EL EXTRANJERO.
CUAL SERÍA LA FORMA DE REALIZARLO. ALGUIEN CONOCE SE HAY JURISPRUDENCIA SOBRE PRUEBAS DE ADN REALIZADAS EN EL EXTRANJERO Y QUE SE HAYAN HECHO VALER EN EL SALVADOR.
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Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 16:36:44 +0000
Asunto: diligencias de folio inutilizado - por: jessikamaria http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41419&Itemid=98#41530 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41419&Itemid=98#41530 Consultas y Asesoria Thu, 23 May 2013 16:26:11 +0000 Asunto: Consulta de acento en partida de nacimiento - por: Roxana13 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41456&Itemid=98#41529 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41456&Itemid=98#41529 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 16:22:23 +0000 Asunto: diligencias aceptación herencia - por: C@ñénguez9 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41318&Itemid=98#41525 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41318&Itemid=98#41525 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 15:43:02 +0000 Asunto: caducidad de la instancia - por: l.hernandez2477 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41494&Itemid=98#41518 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41494&Itemid=98#41518 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 14:53:27 +0000 Asunto: ayuda - por: norb_77 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41414&Itemid=98#41516 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41414&Itemid=98#41516 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 05:30:22 +0000 Asunto: BENEFICIOS PENITENCIARIOS. FASE DE CONFIANZA - por: lost canvas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=13023&limit=12&limitstart=48&Itemid=98#41513 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=13023&limit=12&limitstart=48&Itemid=98#41513 Consultas y Asesoria Thu, 23 May 2013 05:16:07 +0000 Asunto: Consejos para realizar el examen de Notariado - por: jose erick http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=42&id=22093&limit=12&limitstart=24&Itemid=98#41511 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=42&id=22093&limit=12&limitstart=24&Itemid=98#41511 Examen de Notariado 2012 Thu, 23 May 2013 04:44:02 +0000 Asunto: FONAT Fondo a Víctimas de Accidentes de Tránsito - por: jose erick http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=6&id=37241&limit=12&limitstart=36&Itemid=98#41509 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=6&id=37241&limit=12&limitstart=36&Itemid=98#41509 Sugerencias y Comentarios Thu, 23 May 2013 04:01:26 +0000 Asunto: DIPLOMADO DE DERECHO Y PRACTICA NOTARIAL - por: Pol http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=14&id=41166&Itemid=98#41506 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=14&id=41166&Itemid=98#41506 Derecho Notarial Thu, 23 May 2013 03:27:34 +0000 Asunto: PRESCRIPCION DE LA ACCION EJECUTIVA.- - por: Pol http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41308&Itemid=98#41505 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41308&Itemid=98#41505
PROCESO COMÚN DECLARATIVO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO.
*******************************ve años de edad, Abogado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número; y Tarjeta de Identificación Tributaria número o; y, Carné de Abogado número doce mil ochocientos seis, declarando que no estamos comprendido en ninguna de las inhabilidades que regual el Art. 67 del C. P. C. M. para ejercer la procuración, señalando lugar para oír notificaciones el telefax número: , a usted con todo respeto EXPONEMOS:
PERSONERÍA.
Somos Apoderados Generales Judiciales de señor: *********************, de --------- años de edad, pescador, del domicilio de ---------------, Departamento de -------, persona quien no posee Documento Único de Identidad, y quien en el transcurso del tiempo que dure el presente proceso, iniciará las diligencias para obtener dicho documento, así como su Número de Identificación Tributaria, los cuales serán anexados, posteriormente al expediente del presente proceso, debidamente fotocopiados, tal y como lo comprobamos con el Testimonio de Poder General Judicial, otorgado a nuestro favor, y del señor *************************, de treinta y ocho años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Jucuarán, departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número: cero dos cuatro seis cero uno dos nueve- ocho, el cual presentamos en original y copia, para que una vez confrontados entre sí, se nos devuelva el original y se agregue la copia al expediente del presente proceso. EN EL PRESENTE CASO, ÚNICAMENTE PROCURAMOS A FAVOR DEL SEÑOR ABELINO VILLALTA
PERSONA DEMANDADA:
**************************, quien es de sesenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, siendo su último domicilio conocido el de la ciudad de El Tránsito,***************************. Siendo para nuestra parte, persona de residencia ignorada, por lo cual deberá emplazarse a través de edicto, de conformidad al Art. 186 del C. P. C. M.,
RELACION DE LOS HECHOS.
Desde el año mil novecientos setenta y cinco, nuestro mandante compró, con ánimo de ser propietario, de manera verbal, al señor PABLO GONZÁLEZ, quien fuera mayor de edad, jornalero, actualmente de domicilio ignorado, quien era conocido como el padre de la actual demandada, y con base a ese derecho, la actual demandada, aparece como propietaria en el Centro Nacional de Registros, el Lote de inmueble de naturaleza rústica, situado en el ***************************, distrito y departamento de ******************, marcado en el plano general de la lotificación con el número: ***************************, cuya descripción técnica es la siguiente: ************************************". Inscrita a favor de la señora CRISTINA CALDERÓN, de generales ya relacionadas, bajo el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número. ************************************, del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Oriente del departamento de *********************
Desde el año de mil novecientos setenta y cinco, nuestro mandante habita dicho terreno, cuando lo adquirió no tenía construcciones de ninguna clase ni estaba cercado, nuestro cliente, construyó la casa en la cual habita él y su familia, guardan sus aperos de pesca, ya que su grupo familiar son también son pescadores artesanales, tales como: Atarrayas, Trasmayos, lanchas, motores. Desde esa fecha, nadie ha interrumpido su posesión sobre el mismo, y dicho derecho ha sido constatado y reconocido por vecinos del lugar.
Nuestro cliente valora la propiedad en la cantidad de: CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
La dirección de habitación es la ubicación del lote descrito, han sembrado árboles, cosechado sus frutos, en fin desde la fecha que tomaron posesión del inmueble, han efectuado actos de señores y dueños de la referida propiedad de manera ininterrumpida, sin que nadie se lo impida, desde hace más de treinta y cinco años.
ARGUMENTOS DE DERECHO.
PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA.
REQUISITOS:
Posesión con ánimo de ser dueño de cosa inmueble afecta a prescripción, sea con justo título o sin él, por un lapso de por lo menos treinta años.
De la narración de los hechos se extraen las siguientes circunstancias: nuestro mandante tienen más de treinta y cinco años de vivir en el inmueble arriba relacionado, ejerciendo actos de señor y dueño, sin que persona alguna le haya interrumpido en dicha posesión.
La institución de la prescripción extraordinaria es la que posibilita la adquisición del dominio y demás derechos reales, aún careciendo de justo título y buena fe, pero a través de una posesión continuada durante un lapso de tiempo mucho mayor que el exigido para la prescripción ordinaria, que de acuerdo a nuestra legislación, es de treinta años. Asimismo se dice, que es la consolidación de una situación jurídica por efecto del transcurso del tiempo, ya sea convirtiendo un hecho en derecho, como la posesión en propiedad; ya perpetuando una renuncia, abandono, desidia, inactividad o impotencia.
De tales conceptos se deduce que para que opere la prescripción, necesariamente debió existir un abandono de la propiedad, de lo contrario su propietario se ocuparía de ella, realizando los actos normales de un dueño; pero si la posesión la tiene otra persona o ente, lo normal es que al transcurrir el tiempo, sin que nadie reclame su derecho, el poseedor legitime a su favor, el derecho a convertirse en dueño. Ahora bien, según la doctrina de los expositores del Derecho, los extremos a probar para que opere este modo de adquirir originario, son tres: 1) Que se trate de una cosa susceptible de prescripción; 2) Existencia de posesión con ánimo de ser señor o dueño; y, 3) Que esa posesión haya permanecido por un plazo, que para nuestra legislación es de treinta años. Los anteriores elementos los ha incorporado nuestra legislación en los Arts. 2231, 2240, 2249 y 2250 C
ELEMENTOS:
1) Que se trate de una cosa susceptible de prescripción.
En este punto, queda claro que el inmueble objeto del presente proceso está dentro de aquellos que son susceptibles de ser adquiridos a través de la prescripción, de conformidad al artículo 2237 C. dicho inmueble no se encuentra comprendido dentro de los bienes que no son susceptibles de prescripción.
2) Existencia de posesión con ánimo de ser señor o dueño;
Desde que nuestros patrocinados tomaron posesión del inmueble, han ejercido actos de señores y dueños, incluso, han construido casa, levantado cercos, habitado la propiedad durante un lapso de más de treinta y cinco años, y así lo han reconocido sus vecinos y amigos.
3) Que esa posesión haya permanecido por un plazo, que para nuestra legislación es de treinta años
Desde el año de mil novecientos setenta y cinco, nuestro mandante ha ocupado dicha propiedad, ejerciendo la posesión, quieta, pacífica e ininterrumpida por más de treinta y cinco años, con lo cual, los hechos, se adecuan a los preceptos normativos.
NORMAS JURÍDICAS APLICABLES:
Arts. 2231, 2237, 2240, 2249 y 2250 y siguientes del Código Civil.
DOCUMENTOS QUE ACREDITEN PRESUPUESTOS PROCESALES:
ACTIVOS: Testimonio de Poder General Judicial, de las diecisiete horas y quince minutos del día dieciocho de mayo de dos mil once, otorgado ante los oficios notariales de la licenciada EDNA ARMIDA MELÉNDEZ APARICIO, nuestro favor, por los señores: JOSÉ ABELINO VILLALTA RIVAS y ABELINO VILLALTA de generales ya relacionadas supra.
PASIVO: CERTIFICACIÓN LITERAL:
Certificación Literal de la Matrícula número: SIETE CINCO CERO NUEVE CINCO OCHO TRES DOS- CERO CERO CERO CERO CERO, en el asiento número: DOS, del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Oriente, del departamento de Usulután. Dicha certificación expedida el día veinticinco de mayo de dos mil once por el Licenciado Rene de Jesús Alberto Martínez, Registrador Auxiliar de dicho Centro Nacional de Registros.
Con dichos documentos acreditamos la conformación de la relación procesal entre las partes, siendo la legitimación de la personería así como también el legítimo contradictor pasivo.
OFERTA DE PRUEBA:
Para comprobar los extremos de los hechos narrados ofrecemos los siguientes medios probatorios:
DOCUMENTAL:
CERTIFICACIÓN LITERAL:
Certificación Literal de la Matrícula número: SIETE CINCO CERO NUEVE CINCO OCHO TRES DOS- CERO CERO CERO CERO CERO, en el asiento número: DOS, del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Oriente, del departamento de Usulután. Dicha certificación expedida el día veinticinco de mayo de dos mil once por el Licenciado Rene de Jesús Alberto Martínez, Registrador Auxiliar de dicho Centro Nacional de Registros.-
OBJETO:
Demostrar quien es el titular a nivel registral del inmueble objeto del presente, siendo en este caso, la persona demandada, también, demostrar que el inmueble litigado, es susceptible de prescripción por estar en el tráfico jurídico.
UBICACIÓN CATASTRAL:
Ubicación Catastral, expedida por el Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, del Centro Nacional de Registros, de la Segunda Sección de Oriente, del Departamento de Usulután, el día dos de junio del presente año, en la cual se hace constar la ubicación del inmueble a nivel CASTASTRAL, en el cual todavía aparece a nombre de Servicios Técnicos y Negocios, Sociedad Anónima, quien fuera una anterior propietaria de dicho inmueble.
PERICIAL TOPOGRÁFICO:
PERITO DE PARTE:
Informe pericial elaborado por el Ingeniero Civil ***************************************, quien es de treinta y nueve años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de El Transito, del Departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número: cero dos cero seis cero siete cinco tres-nueve, y con número de Registro IC*********************; en el cual se hace constar la ubicación del inmueble, su capacidad, y que está siendo poseído por nuestro mandante, a quien además ofrecemos como testigo con el objeto que ratifique su peritaje.

OBJETO DEL INFORME PERICIAL:
Ubicar dicho inmueble de manera idónea, así como su capacidad real y su ubicación, para efectos legales.
PERITO TOPOGRÁFICO JUDICIAL.
Para demostrar tanto la ubicación geográfica, del inmueble del terreno, es necesario que Perito Topográfico de Catastro Nacional, del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Oriente, realice peritaje de ubicación del inmueble en cuestión, por lo cual pedimos que se libro oficio a tal institución a fin de que realice el peritaje solicitado, y el mismo, sea tenido como prueba.
PERITAJE SOCIAL.
solicitamos a su digna autoridad libre oficio a Instituto de Medicina Legal de la ciudad de Usulután, con el propósito que se proporcione trabajador social que realice un Estudio Social referente a la posesión del inmueble objeto del litigio por parte de nuestros poderdantes.
OBJETO DE LA PRUEBA PERITAJE SOCIAL: es claro que la posesión es un HECHO SOCIAL, es decir, que lo conocen las personas vecinas del lugar de los hechos, es a nuestro criterio fundamental que acreditar tal posesión a través de un perito propio de la materia es decir, un trabajador social.
TESTIMONIAL.
Ofrezco el testimonio de las siguientes personas:
************************************************************************, de setenta y seis años de edad, agricultor, del domicilio de Jucuarán, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número: cero tres cero siete cero cuatro cero ocho- dos, testigos que deberán ser citadas a través de nuestras personas.
OBJETO DE LA PRUEBA TESTIMONIAL:
Probar que nuestros clientes han poseído el lote de terreno desde hace más de treinta y cinco años, con ánimo de propiedad, de manera ininterrumpida y ejerciendo actos de señores y dueños, sin que persona alguna se los haya impedido.
PRUEBA DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL.
De conformidad al Art. 392 inciso 2° del C.P.C.M., solicitamos a su digna autoridad realice reconocimiento judicial del inmueble objeto del presente proceso, a fin de verificar in situ y por muto propio de éste Juzgado, quien habita ese inmueble, y si ejercer actos de señor y dueño.
OBJETO DEL RECONOCIMIENTO JUDICIAL.
Demostrar que nuestro poderdante es quien habita dicho inmueble, que ejercen actos de señor y dueño del mismo.
PETITORIO.
Por todo lo antes expuesto, de conformidad a los Arts. 11, 12 y 15 de la Constitución de la República, 2231, 2237, 2240, 2249 y 2250 y siguientes del Código Civil, 1, 2, 3, 4, 240, 276, 312, 330, 331, 354, 375 y siguientes, 390 del Código Procesal Civil y Mercantil, venimos a promover Proceso Común declarativo de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, por lo que a usted con todo respeto PEDIMOS:
- Admita la presente demanda,
- Se tenga a nuestro apoderado como partes demandante, y nuestras personas como sus apoderados, en el presente proceso común de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio,
- Se admita la prueba ofertada,
- Se emplace a la persona demandada, ****************************, Siendo para nuestra parte, persona de residencia ignorada, por lo cual deberá emplazarse a través de edicto, de conformidad al Art. 186 del C. P. C. M.,
- Se libren los respectivos oficios para la prueba Pericial Judicial solicitada,
- Previo a los trámites de Ley, en Audiencia Probatoria, se declare que ha lugar la prescripción Adquisitiva Extraordinaria alegada por nuestra parte, y en razón de ello, se libre oficio al Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Oriente del Departamento de Usulután, ordenando la inscripción de la Matrícula: *******************************O, en el asiento número: DOS, a favor de nuestro mandante.



En la ciudad de ******************, departamento de S*****************, a los siete días del mes de junio de dos mil once.-

M O D E L O 1

NEMA: SE DEMANDA EN PROCESO COMUN CIVIL DECLARATIVO DE PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.

SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL:

XXXXX, de veintisiete años de edad, Abogado, del domicilio de Apopa, departamento de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria XXXXX (XXXX); con documento único de identidad número cero dos millones cuatrocientos noventa y dos mil ochocientos cuarenta y cuatro – cero (XXX), con carnet de abogado número XXX (), y XXXXXX, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero un millón trescientos cuarenta y cuarenta y seis mil diez-dos () con carnet de abogado número tres mil ochenta y cinco (0000000) ,con Numero de identificación Tributaria cero seiscientos catorce-doscientos noventa mil setecientos sesenta y seis-cero cero cuatro- seis (--------------6); a Usted con el debido respeto EXPONEMOS

PERSONERIA:
tal como lo comprobamos con el testimonio de la escritura pública de poder general judicial con cláusula especial y sustitución del mismo, que le presentamos en original y copia para que se confronten entre sí y de resultar conformes, se agregue la copia y se nos devuelva el original, somos apoderados del señor XXXXX, mayor de edad, Jornalero, del domicilio de -------------, departamento --------, con documento único de identidad número cero cero quinientos ochenta y dos mil ciento noventa y seis – cuatro, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos dieciocho – doscientos un mil doscientos treinta y siete – cero cero uno – cero;
I) RELACION DE LOS HECHOS:
II) Que tal como lo comprobamos con la copia certificada de la certificación de la partida de defunción número NOVENTA Y CINCO, PAGINAS CINCUENTA Y CUATRO Y CINCUENTA Y CINCO del libro de partidas de defunciones, que el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Martín, llevó en el año de mil novecientos sesenta y uno, expedida el día veintidós de octubre de dos mil diez, por el jefe del Registro del Estado Familiar Licenciando Germ---------------------, la señora XXXX, quien era de ochenta y siete años de edad, de Oficios domésticos, viuda, originaria de San Pedro Perulapán, y quien tuvo su último domicilio en la ciudad de SAN MARTIN, hija de Ildefonso Gil y de Antonia Guevara, falleció a las trece horas treinta minutos del día veintiocho de noviembre de mil novecientos sesenta y uno;
III) que tal como lo comprobamos con la certificación de la resolución emitida por el Juzgado de lo Civil de esta ciudad, a la ocho horas y treinta minutos del día ocho de noviembre del año dos mil once, en las diligencias de herencia yacente, se nombro curador de la HERENCIA YACENTE de la herencia dejada por la señora -------------- ORTEGA, al licenciado ------------ALO MARTINEZ CANALES, quien es mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero dos seis seis cero seis tres seis-uno; y a quien le fue discernido su cargo, por auto emitido por el Juzgado de lo Civil de esta ciudad, a las quince horas cincuenta y tres minutos del día veintiséis de enero del presente año;
IV) Que tal como lo probamos con la certificación literal de la inscripción numero SESENTA Y SEIS del libro DOSCIENTOS DIECISEIS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador, la señora ----------VIUDA DE ORTEGA, es dueña del resto un terreno RUSTICO, situado en el Cantón El Rosario, jurisdicción de San Martín, departamento de San Salvador, de una extensión superficial original de METROS CUADRADOS, pero quien efectúo varias desmembraciones, por lo que dicho resto quedo reducido a una extensión superficial de METROS CUADRADOS, con la descripción técnica siguiente, (describir con la descripción técnica);
V) Que tal como lo comprobamos con el levantamiento topográfico del resto del referido inmueble, el referido inmueble quedo reducido a la extensión superficial antes mencionada, quedando su forma tal cual lo establece el referido plano, el cual es firmado por el (nombre de su papá);
VI) Que nuestro mandante señor ------FUNES PARADA, se encuentra en posesión, quieta, pacífica y no interrumpida del resto del inmueble relacionado en el romano ____, desde el día cinco de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, estableció su hogar en el inmueble antes descrito, y desde entonces ha ejercido y ejerce actos de verdadero dueño ya que se encuentra en posesión material del mismo, pues lo ha limpiado, sembrando en el mismo árboles frutales, cercándolo por todos sus rumbos, cuido de animales de los cuales produce lácteos, realizando también todas las mejoras que en el terreno han sido necesarias, el cual cuenta con servicios públicos de agua potable, energía eléctrica, y línea telefónica fija.
Dicha posesión ha sido y es ejercida por nuestro mandante por un espacio de más de TREINTA AÑOS en forma quieta, continua e ininterrumpida y ninguna persona se la ha perturbado hasta hoy;
PRETENSION:
VII) Nuestro Código Civil define LA PRESCRIPCION Define el Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, DESLINDE Y AMOJONAMIENTO: Deslinde es la determinación de los límites entre fincas colindantes; amojonamiento, la colocación de señales (mojones) para determinar materialmente esos límites. En los casos de confusión de límites, los propietarios gozan de la acción de deslinde. Para que esta acción procesa se requiere: a) que se trate de predios rústicos; b) que sean continuos; c) que los predios pertenezcan a diferentes propietarios;
VIII) Es por ello que por órdenes expresas de nuestro mandante y de conformidad con los artículos 2232, 2237, 2239 inciso 2, 2240, 2249, 2250 y 2252, todos del Código Civil, y 239, 240, 276 del Código Procesal Civil y Mercantil; venimos a demandar en JUICIO COMUN DECLARATIVO DE PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, al licenciado -------------RTINEZ CANALES, de las generales ya expresadas, en su carácter de CURADOR DE LA HERENCIA YACENTE de la herencia que a su defunción dejo la señora _________; a fin de que previos a los tramites de Ley y la prueba que ofrezco aportar, en sentencia definitiva declare que nuestro mandante ha adquirido por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO el inmueble descrito en el romanos ____;
OFRECIMIENTO DE PRUEBA:
IX) Ofrecemos probar nuestras aseveraciones, con los siguientes medios de prueba:
INSTRUMENTAL:
a) el poder general judicial otorgado a nuestro favor, con lo que se pretende probar que somos apoderados del señor ______, artículo 331 del Código Procesal Civil y Mercantil;
b) copia certificada de la partida de defunción de la señoras _______, con lo que se pretende probar que dicha señora ya falleció, artículo 331 del Código Procesal Civil y Mercantil;
c) certificación del nombramiento y discernimiento del cargo de CURADOR DE LA HERENCIA YACENTE, de la herencia de la señora _______, que recayó en el licenciado E--------------------MARTINEZ CANALES, con lo que se pretende probar, que dicho profesional es el curador de la herencia yacente;
d) certificación literal de la inscripción numero SESENTA Y SEIS del libro DOSCIENTOS DIECISEIS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador, con lo que se pretende probar que la señora _______, es la dueña del resto del inmueble de naturaleza RUSTICA situado en ;
PERICIAL:
e) Proponemos como perito al Ingeniero ---------------------------, quien es mayor de edad, Ingeniero Civil, con número ______, el domicilio de la ciudad de Apopa, de conformidad con los artículos 375, 377 del Código Procesal Civil y Mercantil, con que se pretende probar _____;
DECLARACION TESTIMONIAL:
f) Se ordene recibir la declaración de Los señores _______ y _____, con lo que se pretende probar que nuestro representado se encuentra en posesión, quieta, pacifica e interrumpida del resto del inmueble que se ha relacionado en el romano ____, por más de TREINTA AÑOS, y que nuestro representado ejerce actos de verdadero dueño;
RECONOCIMIENTO JUDICIAL:
g) De conformidad con los artículos 390 y siguientes del Código procesal Civil y Mercantil, solicito el reconocimiento judicial en el inmueble objeto del presente juicio, para ____;
PARTE PETITORIA:
Por todo lo anterior le PEDIMOS:
a) Se nos admita la presente demanda;
b) Se le dé el trámite legal correspondiente, y en sentencia definitiva sea nuestro mandante adquiera por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO el inmueble descrito anteriormente;
Nuestro representado puede ser citado en Primera Avenida -----y Diecinueve Calle ------, edificio NIZA, número ------ San Salvador, o al telefax 2-------8.
Señalamos para oír notificaciones el telefax 22-------8, y comisionamos al señor , para que pueda oír notificaciones; así como para que puedan recibir cualquier tipo de documentación relacionada con el presenté juicio.
Por dedicarnos al ejercicio pleno de la abogacía no observamos ninguna causal de inhabilidad o incapacidad, de conformidad con el artículo 67 del Código Procesal Civil y Mercantil.
El licenciado---------MARTINEZ CANALES, puede ser citado, notificado y emplazado en CANTON CUAPA, CALLE PRINCIPAL CASA SIN NUMERO, CONTIGUO A LA PROPIEDAD DE MI REPRESENTADA.
Soyapango, catorce de agosto de dos mil doce.-]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 03:24:36 +0000
Asunto: Ayuda en redaccion de Acta o Declaracion jurada - por: Pirinola http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41365&Itemid=98#41502 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41365&Itemid=98#41502
Es que pedro quiere que pablo (mi cliente) le diga cuanto le ha pagado MAría, (no se porque) y teniendo ese dato yo puedo ir a cobrar.

Creo que si me falta mas informacion. Pero ya no me dijo nada mas mi cliente.]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 03:07:12 +0000
Asunto: MODELO DE CONVENIO MUTUO CONSENTIMIENTO - por: Katherinne http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=8814&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41501 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=8814&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41501 ]]> Derecho de Familia Thu, 23 May 2013 02:58:17 +0000 Asunto: audiencia revisión de medidas. Juzgado de menores - por: leónblanco http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41499&Itemid=98#41499 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41499&Itemid=98#41499 Realmente no estoy muy familiarizado en este tipo de procesos de lios Juzgados de menores y en genral en materia penal, pueden ayudarme amigos.. se los agradecedría que hago.. ?? Gracias anticipàdas por su apoyo..]]> Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 02:24:06 +0000 Asunto: ayuda - por: lic_Robert http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41497&Itemid=98#41498 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41497&Itemid=98#41498 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 02:00:39 +0000 Asunto: Subsidiario de Nacimiento - por: Karla-G http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41378&Itemid=98#41496 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41378&Itemid=98#41496
Bendiciones...]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 01:47:18 +0000
Asunto: compraventa de vehiculo protocolizado - por: Heberth http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41493&Itemid=98#41495 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41493&Itemid=98#41495
NUMERO ______________. En la ciudad de _______________, a las _____ horas ____ del día ______ del mes de ______ del año ______. Ante Mí, ______________________, Notario de este domicilio, comparece el señor/a _______________________de ___ años de edad, (Profesión), del domicilio de _____________________________persona a quién no conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número ______________, con Número de Identificación Tributaria ___________; Y ME DICE: I. Que es dueño y legítimo propietario del vehículo placas ___________, de las características siguientes: Marca __________, Clase _________, Estilo _________, Número de Chasis Vin _____________ Número de Chasis Gravado, Número de Motor y las demás que se encuentran consignadas en la Tarjeta de Circulación que he tenido a la vista. II._ Que por el precio de _____________que recibe a su entera satisfacción de parte del señor/a _____________, de ___ años de edad, (Profesión), del domicilio de _______________ a quién tampoco conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número ______________, con Número de Identificación Tributaria ___________; le vende el vehículo antes descrito, el cual se encuentra debidamente inscrito a mi nombre en el Registro Público de Vehículos Automotores de la Dirección General de Tránsito, (en el caso de traspaso doble o triple: el cual no se encuentra inscrito a mi nombre pero es inscribible por estarlo su antecedente), en consecuencia entrega al vendedor el automotor, haciéndole por medio de esta escritura la tradición del dominio, posesión y demás derechos que sobre el mismo le pertenecen, así como la correspondiente Tarjeta de Circulación, llaves y accesorios que le corresponden. III._ Presente en este acto el comprador de generales ya dichas y enterado de viva voz del contenido de este instrumento, DICE: Que acepta la venta y tradición del vehículo descrito, que lo recibe en este momento a su entera satisfacción juntamente con el dominio, posesión y demás derechos que sobre el mismo se le transmiten. Así se expresaron los comparecientes y leído que les fue por mí lo escrito íntegramente sin interrupción, ratifican su contenido por estar de acuerdo a su voluntad y firmamos. De todo Doy Fe

Firma de Vendedor Firma de Comprador

Firma y Sello de Notario]]>
Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 00:52:26 +0000
Asunto: Cuanto tiempo se tardara una demanda conten admini - por: Icarus http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41482&Itemid=98#41492 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41482&Itemid=98#41492 Noticias de El Salvador Lex Thu, 23 May 2013 00:38:39 +0000 Asunto: Solicitud para salida del pais para un menor al ju - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41441&Itemid=98#41491 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41441&Itemid=98#41491 Consultas y Asesoria Wed, 22 May 2013 23:52:11 +0000 Asunto: Formas para la creación de una empresa, comerciant - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=13&id=41450&Itemid=98#41489 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=13&id=41450&Itemid=98#41489 elsalvadorlex.org/index.php?option=com_j...lvador&Itemid=29]]> Derecho Mercantil Wed, 22 May 2013 23:39:41 +0000 Asunto: MATRIMONIO CON PODER - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41451&Itemid=98#41488 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41451&Itemid=98#41488 Alby-soltera escribió:
Hola amiguis de este lindo foro, éste será mi primer consulta o tema, espero tener muchos amigos y amigas, soy nueva en esto de la carrera y tendre mi primer matrimonio, el caso es el siguiente:

el novio vive en Suecia y la novia aqui en San Salvador, para poder contraer matrimonio entre ellos es necesario que el novio envie un poder especial para contraer matrimonio específicamente con esa persona, mi pregunta es la siguiente: ¿debe celebrarse el acto solemne del matrimonio siempre con la persona que tiene el poder? o simplemente es un acto en la oficina notarial sin tantas solemnidades?
]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 23:32:57 +0000
Asunto: Diligencia en el RNPN - por: eunice_gonzalez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41025&Itemid=98#41487 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41025&Itemid=98#41487 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 23:20:20 +0000 Asunto: demanda de paternidad y daño moral - por: furio14 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41469&Itemid=98#41480 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41469&Itemid=98#41480
Manuel Rias escribió:
mira esta bien difícil la situación y es de ver que edad tiene el menor... y el daño moral es para el menor o para la madre de este... porque si es para la madre con lo que tu cuentas tenes la suficiente prueba testimonial para ejercer una muy buena defensa.. y otro concejo, si estas seguro que el niño es tuyo as el reconocimiento antes de la audiencia. y recorda que los daños morales es algo que no se puede medir y no se puede determinar...


Con exactitud no, por eso hay jueces que dicen: efectivamente ha existido daño moral pero no me pronuncio sobre el monto porque no lo puedo determinar, y hay otros que dicen ha existido daño moral pero no lo puedo determinar con exactitud, por lo que me parece en base a tales pruebas que me llevan a tal conclusion que el monto adecuado es de tanto (esta ultima posicion de los casos que he conocido (porque me han contado), siempre la botan al hacer uso de los recursos respectivos, pero depende de si los usa o no porque a veces no es tanto y sale mas caro pagarle al abogado para que tramite el recurso, a veces el demandado prefiere pagar -ya sea porque le conviene mas economicamente o porque esta conciente de que realmente hizo un daño)]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 21:53:23 +0000
Asunto: AYUDA - por: Yaky http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41449&Itemid=98#41472 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41449&Itemid=98#41472 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 21:23:59 +0000 Asunto: REO FUERA DEL PAIS - por: lars http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41391&Itemid=98#41467 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41391&Itemid=98#41467
Ha sido error de dedo... "que ni en flagrancia" debe ser el sentido de lo que deseo exponer.

Saludos!...]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 21:14:21 +0000
Asunto: necsitomodelo d desmembracion en cabeza d su dueño - por: Marcia http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=32&id=41297&Itemid=98#41462 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=32&id=41297&Itemid=98#41462 Derecho Notarial Wed, 22 May 2013 20:52:38 +0000 Asunto: Rectificacio de escritura publica - por: Marcia http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41299&Itemid=98#41461 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41299&Itemid=98#41461 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 20:48:27 +0000 Asunto: contestación de una demanda administrativa - por: l.hernandez2477 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=9&id=40267&Itemid=98#41459 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=9&id=40267&Itemid=98#41459 Derecho Administrativo Wed, 22 May 2013 20:33:34 +0000 Asunto: Tengo 4 escrituras observadas en CNR !!!!! - por: CDR http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=40820&Itemid=98#41454 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=40820&Itemid=98#41454 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 19:47:03 +0000 Asunto: Desalojo de Inquilinos - por: Amancia http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41020&Itemid=98#41436 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41020&Itemid=98#41436 ]]> Consultas y Asesoria Wed, 22 May 2013 17:52:35 +0000 Asunto: NACIONALIZACION DE CHOCHO CASADO CON SALVADOREÑA - por: violeta margarita castro http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=28769&Itemid=98#41434 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=28769&Itemid=98#41434 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 17:49:59 +0000 Asunto: planilla AFP - por: IDHabogado http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41412&Itemid=98#41421 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41412&Itemid=98#41421 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 17:24:23 +0000 Asunto: Ayuda:Identidad de fallecida sin pda. de defunción - por: Lucy Avalos http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41032&Itemid=98#41411 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41032&Itemid=98#41411 ]]> Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 17:03:26 +0000 Asunto: INTERROGATORIO EN PERDIDA DE AUTIRIDAD PARENTAL - por: wendy http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=9679&Itemid=98#41390 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=9679&Itemid=98#41390 Consultas y Asesoria Wed, 22 May 2013 15:29:55 +0000 Asunto: Error en Remedicion URGENTE!!!!!!!!!!!!! - por: v2v01 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41337&Itemid=98#41389 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41337&Itemid=98#41389 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 15:15:01 +0000 Asunto: DILIGENCIAS PARA UNA SOCIEDAD SIN FINES DE LUCRO - por: NVramirez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41369&Itemid=98#41382 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41369&Itemid=98#41382 reolex escribió:
Colegas, quisiera solicitarles me instruyan todo el proceso para constituir una sociedad sin fines de lucro.- de ante mano gracias.-


Sugiero se busque en la pàgina del Ministerio de Gobernaciòn www.gobernacion.gob.sv/

Y aqui en el foro existe el procedimiento para que una Iglesia Evangelica obtenga su Personerìa Jurìdica, y tiene un proyecto de Estatutos, los que pueden servir de modelos...

Requisitos que deben presentar las asociaciones y fundaciones Nacionales para su inscripción:
1. Dos testimonio de Escritura Matriz de Constitución de la Asociación o Fundación de que se trate, en que consten además, la aprobación de los Estatutos, la elección de la primera Junta Directiva u organismo directivo de la misma, acompañada de tres copias.
2. Tres copias de los Estatutos con separación de artículos.
3. Constancia de Nómina de personas que integran la entidad, consignando su nacionalidad y el documento de identificación de cada uno.
4. Certificación del Acta de Elección de los miembros de la Junta Directiva. Los libros en los cuales se asentarán las Actas de Asamblea General de la Junta Directiva y el Registro de Miembros y Libros contable]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 14:02:48 +0000
Asunto: Como hacer Personeria Juridica a Iglesia Evange? - por: NVramirez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=40321&Itemid=98#41380 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=40321&Itemid=98#41380 RafaAlfaro escribió:
Esto lo bajo del foro, es una colaboraciòn del Lic. Sànchez...

Aquí te agrego el instructivo que baje de la página de Gobernación.
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO


DOCUMENTACION QUE DEBE PRESENTARSE CUANDO SE SOLICITE LA APROBACION DE ESTATUTOS Y LA CONCESION DE PERSONALIDAD JURIDICA.
1) Solicitud dirigida al Director General del Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, la cual deberá ser suscrita por el Directivo que según los Estatutos tendrá la representación legal de la Iglesia; misma que deberá ser autenticada por Notario.
2) Original y copia de la Certificación del Acta de Constitución de la Iglesia, la cual contendrá las generales de todas las personas que asistieron a la constitución de la misma, aprobación, desarrollo de sus Estatutos, y elección de los miembros que integraran la primera Junta Directiva, emitida por el secretario, debidamente autenticada por Notario; FRENTE Y VUELTO
3) Original y copia de Estatutos con separación de artículos, FRENTE Y VUELTO.
4) Constancia de la nómina de personas que integran la Entidad, indicando el número de sus Documentos Unicos de Identidad o el número de Carnet de Extranjero Residente Definitivo, en su caso debidamente autenticada.
5) Fotocopia de los Documentos Unicos de Identidad de los miembros de la Iglesia, certificados por Notario.


NOTA:

Si en la documentación presentada existieran observaciones que sea necesario subsanar, oportunamente se notificará al representante legal de la Entidad o a la persona que según los documentos que corren agregados al respectivo expediente, está debidamente comisionada para ello. Cuando la documentación corregida sea presentada a este Ministerio, deberá anexar lo contemplado en el numeral dos.
Revisar minuciosamente la ortografía, redacción y puntuación de los documentos a presentarse a este Ministerio.-

• Los artículos contenidos en la Certificación deben ser totalmente idénticos con los de la Copia de los Estatutos.
• El monto a cancelar por la aprobación de estatutos y concesión de Personalidad Jurídica de la Iglesia es de $ 68.57, en base al Acuerdo Ejecutivo número 585 de fecha 11 de julio de 2000, emitido por el Ramo de Hacienda y publicado en el Diario Oficial número 141, Tomo 348 de fecha 27 de julio de 2000.
• Toda certificación de acta de elección de nueva Junta Directiva, así como toda otra solicitud o intervención que el Representante Legal hiciere o utilizare ante las oficinas del Registro de Asociaciones y fundaciones sin Fines de Lucro, deberá presentarse debidamente autenticada por Notario.


MODELO DE CERTIFICACION

El Infrascrito Secretario de la Iglesia ...................... .......... (indicar el nombre completo de la Entidad), CERTIFICA: Que a folios .......................... del Libro de Actas que la Iglesia lleva, se encuentra la que literalmente dice: """""""" """""""""""""""""""""" Acta Número .............. En la ciudad de ..............., a las ................. horas y ................ minutos del día ............ de ............ de ................. Reunidos en el local de la Iglesia situado en ................ ............................................ los abajo firmantes: ......................... ( indicar los nombres completos de cada uno de los concurrentes así como también sus respectivos números de su Documento Unico de Identidad ), por unanimidad tomamos los siguientes acuerdos: PRIMERO. Crear una Iglesia de carácter apolítico, no lucrativo, con el nombre de .......... .............................. ( indicar el nombre completo de la Entidad). SEGUNDO. Por unanimidad aprobamos íntegramente los Estatutos que regirán a la Iglesia, los cuales constan de .......... artículos que se transcriben a continuación: ......... ................................... ( transcribir los Estatutos artículo por artículo ). TERCERO. De conformidad al artículo .... de los Estatutos, procedemos a elegir a la Junta Directiva, la cual, por decisión unánime de los concurrentes queda integrada de la siguiente manera: ........................ ( Integrar la Junta Directiva tal y como se ha establecido en los Estatutos indicando los nombres completos de cada una de las personas electas y sus respectivos cargos ). No habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente que firmamos. (puntualizar como se leen las firmas de las personas que asistieron a la respectiva sesión y firmaron ) """""""""""""""""""""""""". Rubricadas.
ES CONFORME con su original con el cual se confrontó, y para ser presentada al Ministerio de Gobernación, extiendo la presente en .............., a los ......... días del mes de .............. de dos mil................

F)_____________________________________
Nombre, Firma y cargo de la persona que expide la Certificación,
debidamente autenticada por Notario.

MODELO DE SOLICITUD DE APROBACION DE ESTATUTOS Y
CONCESION DE PERSONALIDAD JURIDICA.

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO
MINISTERIO DE GOBERNACION,


Yo.............................., mayor de edad, (Profesión)............., del domicilio de ................, en mi concepto de .................. de la ...................................., ( Nombre de la Iglesia) la cual estará situada en ......................................, ( Indicar dirección exacta ) señalando para oír notificaciones en ............................................... a usted con todo respeto SOLICITO:

Que previa calificación de la documentación que presento se aprueben los Estatutos y se conceda la calidad de Persona Jurídica a la ............................................ ( Nombre Iglesia)

Adjunto la documentación siguiente: ( relacionar documentación que se presenta ).

San Salvador, .................... de ................ de dos mil .......

F)_________________________________
Nombre , firma y cargo de la persona que ostentará la
Representación legal de la Iglesia, debidamente autenticada por Notario.
MINISTERIO DE GOBERNACION

REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
SIN FINES DE LUCRO

MODELO PARA SOLICITAR LA APROBACION DE ESTATUTOS Y
CONCESION DE PERSONALIDAD JURIDICA DE IGLESIA.
FRENTE Y VUELTO

ESTATUTOS DE LA IGLESIA. (INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD)......................................

CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
Art. 1.- Créase en la ciudad de .................., Departamento de.............., la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará ( Indicar el nombre completo de la Iglesia) ....................... y que podrá abreviarse ............, como una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará " La Iglesia".
Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de ....... ..................., Departamento de ................., pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán:
a)
b)
c)
d)
CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS
Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18 años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de la Iglesia.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General.
Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General.
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Iglesia.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.
Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Iglesia.
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.
Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA
Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.
Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.
c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Iglesia.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confiada a la Junta Directiva,la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.
Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Iglesia.
b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Iglesia.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Iglesia.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia.
f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia.
c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Iglesia.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.
Art. 22.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Iglesia.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar.
Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos.
CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:
a) Las cuotas de los Miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.
Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.
CAPITULO VIII
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
Art. 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certificación del Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.
Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.
Art. 31.- La Iglesia ........................... ( Indicar el nombre completo de la Entidad) se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
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Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 13:49:02 +0000
Asunto: PROC. A SEGUIR? -PRESCR DE DOMINIO O TIT. SUPLETOR - por: reolex http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41373&Itemid=98#41373 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41373&Itemid=98#41373 1-el señor Saul Hernandez, tiene un inmueble de titulo municipal inscrito en el registro a su nombre; él falleció durante el conflicto armado en el año 1983 (10 de noviembre).

2- En octubre de 1983, le vende el inmueble a la señora Gloria de Ayala, entregándole únicamente la escritura inscrita del mencionado inmueble (titulo municipal). Jamás realizaron escritura de compraventa.

3- La señora Gloria de Ayala, en posesión del titulo municipal y posesión material del inmueble, acude ante Notario en el año 2003 a otorgar Escritura de posesión material del inmueble.

4- En el año 2004 la señora Gloria de Ayala le vende la posesión material a su esposo el señor Leonardo Ayala.

5- en el 2005 fallece la señora Gloria de Ayala.

Pregunta? cual será el proceso a seguir: Prescripción de dominio, titulo supletorio, diligencias de aceptación de herencia?

existirá algún inconveniente en narrar los hechos como que el señor Saul Hernandez vendió a el señor Leonardo Ayala en el año 1983, partiendo del echo que él posee el titulo inscrito?

gracias por sus aportes y sugerencias.]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 06:44:11 +0000
Asunto: DEMORA DEL CONSEJO CRIMINOLOGICO - por: lost canvas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41201&Itemid=98#41366 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41201&Itemid=98#41366 CON EL OBJETIVO QUE LAS INSTITUCIONES RESUELVAN CON RAPIDEZ, YA SI LA INSTITUCION NO SE APURA CON UN HABEAS CORPUS, MEJOR PARA TI JEJEJEJEEJE, PUES AL SOLICITAR LOS INFORMES LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL, VERIFICARA QUE EFECTIVAMENTE HAY UNA PETICION DE LIBERTAD CONDICIONAL PENDIENTE QUE NO HA RECIBIDO RESPUESTA DADA LA TARDANZA DEL CONSEJO CRIMINOLOGICO REGIONAL, POR LO QUE LOS CONDENARAN Y ORDENARA LA RESOLUCION RAPIDA DE TU PETICION. ESPERO HAYAS ENTENDIDO EL PUNTO.]]> Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 05:22:31 +0000 Asunto: SUSTITUCION DE PODER - por: lost canvas http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=41334&Itemid=98#41364 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=11&id=41334&Itemid=98#41364
Otorgamiento del Poder

Art. 11.- El poder para intervenir en un proceso de familia, se otorgará en escritura pública.

Para intevenir en un proceso específico, el poder también podrá otorgarse mediante escrito firmado por la parte, dirigido al Juez o Tribunal. Dicho escrito podrá presentarse personalmente o con firma legalizada.

También podrá designarse al apoderado en audiencia, de lo que se dejará constancia en el acta respectiva.

El apoderado tiene la facultad de ejecutar en el proceso todos los actos que le corresponden al mandante, salvo aquellos en que, de acuerdo a la Ley, la parte deba actuar personalmente.

En el proceso de familia nadie podrá tomar, por sí, la función de procurador para demandar o constestar la demanda.]]>
Derecho de Familia Wed, 22 May 2013 05:03:10 +0000
Asunto: Autorización Salida Vehículo Extranjero - por: dora emely ventura medina http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41352&Itemid=98#41362 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41352&Itemid=98#41362 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 04:29:56 +0000 Asunto: Sobre la celeridad de nuestro Órgano Judicial - por: furio14 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41290&Itemid=98#41360 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41290&Itemid=98#41360
Interesante la opcion que usted tomo para hacer las practicas, mire que pasar 4 años en practicas y entonces no poder llegar a ser abogado, no cualquiera se mete a ese lio.

Agradeceria que ampliara el por que se metio a la modalidad mas dificil, asi le sirve a otros que consideran dicha modalidad, y a mi me sirve para satisfacer mi curiosidad.

Gracias de antemano,]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 04:25:11 +0000
Asunto: formato - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=40707&Itemid=98#41359 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=40707&Itemid=98#41359 hotmail escribió:
buenos dias amigos. necesito un formato de reporte de actividades diarias, un informe,
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Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 04:23:19 +0000
Asunto: como sacar inquilinos de una casa? - por: frank-vane http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41333&Itemid=98#41356 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41333&Itemid=98#41356 furio14 escribió:
Pues legalmente, lo que corresponde es desalojarla, y como, pues facil, denunciandola en la fiscalia por usurpacion, y como ella hasta se jacta que no hay contrato, pues que justificacion dara ella ante el juez para estar viviendo en la casa (obviamente que ante el juez si va a decir que habia contrato pero verbal y que le pago a su amiga, pero y como lo prueba si sera la palabra de ella contra la de su hermana).

En cuanto a su amiga queda en ella si vale la pena denunciar a su prima, lo que si es cierto es que su amiga ha recibido la consecuencia de hacer las cosas omitiendo las formalidades legales, ojala que la situacion actual le sirva de experiencia (o sea para que haga uso de abogado y notario en un futuro )
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Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 04:12:44 +0000
Asunto: TARJETA ADICIONAL DE CREDITO - por: furio14 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41336&Itemid=98#41351 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=7&id=41336&Itemid=98#41351
Pidale que haga memoria y vera que su cliente le dira que en ningun momento firmo un contrato (que seria el que la obligaria a algo), cuando mucho firmo al mensajero de recibido la tarjeta.

Pero si sigue con duda, por que mejor no habla al banco y dice que es juan perez y que quiere una tarjeta de credito, y pregunta que si le pueden dar una tarjeta adicional, y asi hace la pregunta de si la apersona que recibe la tarjeta adicional esta obligada a pagarle al banco o es solo el titular el que responde por la deuda, asi comfirmara lo que el estoy diciendo, espero le sirva mi consejo.]]>
Consultas y Asesoria Wed, 22 May 2013 03:52:18 +0000
Asunto: asesoria con una deuda - por: asdr http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41122&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41346 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41122&limit=12&limitstart=12&Itemid=98#41346 furio14 escribió:
Le recomiendo que vaya de nuevo a la fiscalia, pero cambie de tono y vaya con las ideas claras, usted va a denunciar a unas personas que le hurtaron tales cosas de su casa, no sabe como se llaman, sin embargo tenian tales caracteristicas, y se identificaron como empleados de comercial de leon o de tal juzgado y le dijeron que se las llevaban embargadas, sin embargo usted no ha sido demandado, es por eso que los esta denunciando, asi que fiscal haragan que me esta atendiendo, levante la denuncia o lo voy a denunciar en los periodicos y en la procuraduria de derechos humanos.

No se deje que deba es una cosa, pero que se lo traten de "bajar" es algo muy diferente, por lo que le dijeron en la fiscalia, no les haga caso, que los fiscales (excepcionalmente hay unos buenos) por lo general con tal de no hacer nada, tratan mal al usuario.

Igualmente vaya a la defensoria, que paralelamente puede resultar beneficiado tanto por la via administrativa como por la judicial, NO SE DEJE, HAY QUE PARAR LOS ABUSOS (tiempo va a perder, y eso nadie se lo va a reponer, pero igual gana, lo que si sabe es que mas no puede perder).


muchas gracias tiene razon y eso haré]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 03:23:26 +0000
Asunto: alguien que sepa de Fundaciones - por: furio14 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=39176&Itemid=98#41345 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=39176&Itemid=98#41345 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 03:19:59 +0000 Asunto: EL NOMBRE - por: furio14 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41326&Itemid=98#41342 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41326&Itemid=98#41342
Pues o su institucion no es de este pais (alguna ONG), o usted es una buena persona (pero empleado publico? si definitivamente me parece raro), igualmente lo felicito ya que gente como usted sacara adelante al pais.

En cuanto a su duda, a mi parecer lo que corresponde es un juicio de identidad (ya que a la senora se le conoce por dos nombres, para que asi se establezca que son la misma persona).]]>
Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 03:04:36 +0000
Asunto: DILIGENCIAS - por: acevedo http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41208&Itemid=98#41330 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41208&Itemid=98#41330 Noticias de El Salvador Lex Wed, 22 May 2013 02:09:29 +0000 Asunto: AYUDA - por: CLAUDIO http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41322&Itemid=98#41322 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41322&Itemid=98#41322
Gracias.]]>
Noticias de El Salvador Lex Tue, 21 May 2013 23:10:11 +0000
Asunto: Teorias sobre los contratos de prenda? - por: Bayona http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=29&id=41320&Itemid=98#41320 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=29&id=41320&Itemid=98#41320
Si tienen algún material que tenga sustento en la legislación nacional, mucho mejor.

Gracias]]>
Derecho Civil Tue, 21 May 2013 21:53:31 +0000
Asunto: cambio de apellidos - por: NVramirez http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41310&Itemid=98#41316 http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=5&id=41310&Itemid=98#41316
Por lo cual es correcto lo que afirma... Tiene que tramitarse una perdida de la Autoridad Parental primero, y al contraer matrimonio el esposo sigue diligencias para adoptar el hijo de su cònyuge...

Suerte...]]>
Noticias de El Salvador Lex Tue, 21 May 2013 21:31:59 +0000