Se inicia la identificaciòn del testigo por parte del Juez... Quien pregunta, nombre, profesiòn, (algunos indiscretos preguntan la edad) y domicilio...
Posteriormente el Juez, le expresa lo relacionado al falso testimonio y algunos le dan lectura al artìculo correspondiente del CP, posteriormente pregunta si jura (y a quien por la fe, que profesa no se le permite jurar) decir la verdad en todo lo que fueren preguntados...
Procediendo a darle la palabra al Abogado que oferta a los testigos, luego expresa que podra interrogarlo tambien el Abogado de la contraparte y el procurador del tribunal....
Siempre he creido que el interrogatorio de testigos depende mucho del tipo de testigo que sea... Si es de esos que contestan solo SI o NO, pues deben hacerse preguntas cerradas; y si es de los que contestan hasta de màs, pues preguntas directas... Por eso siempre sugiero "un ensayo" previo a la audiencia, para conocer a nuestros testigos...
Màs o menos va asì:
Conoce usted, al señor xxxxx????
Desde hace cuanto tiempo lo conoce????
Tiene usted, algùn parentezco con el señor xxxx??? o cual es el vìnculo que existe entre ustedes???
Ahora viene la parte central del interrogatorio, que en teorìa, es la parte donde nos interesa que el testigo aporte lo suficiente para "confirmar" lo peticionado en la demanda...
Sabe usted, si el señor xxxx, se encuentra casado????
Conoce usted, a la esposa del señor xxxx?
Conoce usted, la situaciòn actual de los esposos????
Preguntar la fecha del matrimonio, resulta innecesario, porque en los documentos anexos se encuentra la partida de matrimonio...
Sabe usted, si el señor xxxxx y la señora procrearon hijos en comùn?
Sabe usted, los nombres y las edades de los hijos???
Conoce usted, con quien residen los menores????
Conoce usted, quien cubre los gastos de crianza y educaciòn de los menores?
Conoce usted, si el señor xxxx se relaciona con sus hijos???
Conoce usted, si el señor xxxx, realiza alguna actividad que le implique algun ingreso econòmico???
Claro que con este tipo de interrogatorio debe tomarse en cuenta que la pregunta obvia para la contraparte serìa: ¿¿¿¿como le consta??? por eso es necesario explicarle al testigo que al dar su respuesta debera agregar porque le consta o afirma lo que expresa... Ejemplo... Me consta que el señor xxx y la señora se encuentran casados porque visito la casa de forma regular y he visto fotos de su matrimonio civil y religioso... y si son familiares pues tan fàcil como afirmar que le consta que son casados porque se asistiò a la boda....
Y sobre la parte econòmica esta esta suficientemente probada con el estudio social, el cual aùn cuando no es prueba, da parametros que ilustran al juez, sobre la situaciòn de las partes involucradas y serìa reforzar lo que se considera necesario con la declaraciòn de los testigos... Es decir que no se debe profundizar en situaciones que ya estan probadas, como el ingreso por ejemplo... porque muchas veces nos podemos meter en lìos y parecer que tenemos "muy bien preparado" al testigo, por ejemplo preguntar si se conoce el ingreso; y el testigo afirma que si, pues la pregunta obvia es como le consta... y no nos gustaria escuchar que el testigo responda el Abogado (nosotros) me lo dijo...
Por eso insisto en el ensayo con el testigo, para evitar sorpresas y malas experiencias..
Esta es una forma general de hacer un interrogatorio....
Para hacer las objeciones... Dependera del interrogatorio de la contraparte...
Generalmente estas se plantean cuando se hacen preguntas sugestivas o cuando se pregunta lo mismo varias veces tratando de incomodar a nuestro testigos...
Y la formula es màs o menos asì... Pregunta??? Objeciòn su señoria? esa pregunta ya fue suficientemente contestada cuando el testigo declaro (señalar lo declarado)
Entonces el juez, procedera a expresar si procede o no???
Otro ejemplo: Objeciòn su señorìa??? pregunta improcedente??? cuando se pretenda ahondar en la vida personal del testigo???? y esto no tenga relaciòn con la naturaleza del proceso???
Etc... etc... tema muy interesante y muy extenso...
colega: me recuerda la primera vez que fui a una audiencia de sentencia, y es que le pregunte al colega que papel desempenar en el desarrollo de la misma. Oyeme, las personas que intervienen son el senor juez o jueza junto a su secretaria o secretario de actuaciones, el procurador de familia adscrito al tribunal, ud y sus testigos.
El senor juez declara abierta la audiencia leyendo toda la solicitud que usted presento, al terminar de leer inmediatamente le da la palabra a usted no sin antes haber hablado con los testigos y juramentarlos, a estos los hara pasar uno a uno y usted sera la encargada de interrogarlos. al darle la palabra ud, se identifica y saluda en orden de los que estan presentes, y empieza a interrogar a los testigos, uno por uno. una recomendacion que yo le haria es que lleve las preguntas que le hara a cada testigo y que antes de entrar a la audiencia hable con ellos y les pregunte unas dos vecesa tal como estan. luego del interrogatorio suyo procedera la contarparte a interrogar a los testigos y si lo cree conveniente el senor juez tambien lo hara, pasado ek interrogatorio de los testigos el senor juez le dara la palabra a ud para que de sus alegatos, a lo que tiene que prepararse, y luego pues hacer la peticion que usted estima conveniente ratificando en todo y cada una de sus partes la solicitud presentada con fecha tal............ espero que le sirva de muchiisimo porque yo hubiera querido algo semejante...
Hola estoy ayudando a una compañera de la U con un trabajo de investigacion de la U...acerca del tema el interrogatorio de testigos en materia de familia.
Me preguntaba en el caso del divorcio por muto por paradero ignorado o por separacion de un año o mas
-Cual es la funcion del testigo?
- Que debe probar a traves de este(os)
- Cuantos debe presentar?
- Que clase de preguntas debe realizar...abiertas o cerradas?
-
-Alguna experiencia que deseen compartir de la practica en los juzgados
Aqui una pequeñisima clase...
1º. La funciòn del testigo, es establecer por medio de su testimonio los extremos de las pretensiones planteadas en la demanda (en español: la funciòn del testigo es probar los hechos que planteamos en la demanda)
2º.- Por medio del testigos deben quedar establecidos los fundamentos de hecho y de derecho en los que se basa la demanda.- (en español: probaremos por medio de la declaraciòn del testigo, lo que afirmamos como cierto en la demanda)
3º Pueden presentarse cuantos testigos se consideren pertinentes porque en familia no existe la tacha de testigos (generalmente no exceden de tres, excepcionalmente se presentan màs, y en ùltima instancia los que el Juez, estime conveniente)
4º- Las preguntas dependeran mucho del tipo de testigo que tengamos, porque algunos se extienden en sus respuetas y otro son laconicos... Debe respetarse las reglas del interrogatorio, no hacer preguntas sugestivas etc...
Suerte..
UN POCO DE ABONO.... A LO ANTERIOR.
tienes que conocer los mandamientos de la Orarilidad y de ahi tu puedes ser un buen Abogado o mal litigante.
1º Mandamiento........ Acreditar al Testigo
2º " " ........Prgunta Sencilla sw Introducción al caso.
3º " " ....................TRANSICION Y oRIEWNTACION EN LAS PREGUNTAS.
4º " " ..... dESCIPTIVAS.....( que describa sobre lo que preguntas)
5º """"" .....No hacer preguntas subjetivas...
......estos unos pasos para interrogar
un abogado litigante cuanod debe de pararrse a decir sus argumentos y cuando no porque segun dicen que no siempre el abogado habla en la audiencia sino las partes materiales alguien me podria decir el momento para hablar, me urge tengo clinica de familia y vamos hacer una audiencia de divorcio por separacion es una preliminar o de sentencia
y tambien si me pueden decir si en la demanda de divorcio tengo que acompañar la declaracion jurada de ingresos y egresos del demandante.