MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA

28 Jun 2012 16:18 #1 por Lic_Balmoris
MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA Publicado por Lic_Balmoris
COLEGAS VENGO NUEVAMENTE A SOLICITAR DE SU AUXILIO, NECESITO UN MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA, DE ANTEMANO MIS AGRADECIMIENTOS...........

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28 Jun 2012 20:59 #2 por douglasesquivel
Respuesta de douglasesquivel sobre el tema Re: MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
algun tipo de estafa en especial???

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29 Jun 2012 01:55 #3 por jonathan lovos
Respuesta de jonathan lovos sobre el tema Re: MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
Le dare este modelo que tengo:::



TRIBUNAL DE SENTENCIA
JOSE SALVADOR CAZUN, de cuarenta años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Santa Ana, con Documento Unico de Identidad numero cero ochocientos setenta y nueve mil ochocientos setenta y cuatro guión ocho, sin ninguna inhabilidad para ejercer la procuración, a este tribunal EXPONGO:
Que tal como lo compruebo con el testimonio de escritura matriz de poder general judicial con cláusula especial, otorgado a mi favor, a las ***horas del día *****ante los oficios notariales del Licenciado****, soy apoderado del señor ALVARO RENE HERNANDEZ, conocido por ALVARO RENE GUARDADO, quien es de sesenta y dos años de edad, comerciante, del domicilio de Sonsonate, portador de su cédula de Identidad personal numero cero seis guión cero uno guión cero quince mil doscientos noventa y ocho.-
Que con instrucciones precisas de mi mandante vengo a presentar acusación fundado en el Art. 400 y siguientes pr. pn.en contra de la señora MARIA MAGDALENA RIVAS DE GODINEZ, quien es mayor de edad, comerciante, del domicilio del Cantón Carasucia, jurisdicción de San Francisco Menéndez, de este departamento, pudiendo ser citada en **********, por el delito de CHEQUE SIN PROVISION DE FONDOS, previsto y sancionado en el Art. 243 No. 1 pn., hasta por la cantidad de VEINTISEIS MIL COLONES equivalentes a DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CUARENTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-
RELACION DE LOS HECHOS
Que por razón de operaciones comerciales, siendo ambos comerciantes, la señora Rivas de Godinez le adeudaba a mi cliente la referida cantidad, y la mencionada señora, el día veintinueve de septiembre del años dos mil, a las nueve horas, se apersona a la oficina del al Licenciado MANUEL DE JESUS CEA, Apoderado de mi cliente en esa oportunidad, extendiéndole como pago de la cantidad adeudada un cheque serie A numero cero uno seis siete cero cero cero dos dos cuatro dos, a nombre de mi representado, para que fuera pagado por el BANCO DE DESARROLLO, por la cantidad mencionada, posteriormente, mi representado después de recibir el titulo valor mencionado, se aboco al BANCO AGRICOLA COMMERCIAL, sucursal Sonsonate, porque el Banco de Desarrollo se había fusionado con el Banco Agrícola Comercial, tal como lo compruebo con la Certificación extractada, expedida por el Registro de Comercio, en donde consta la fusión de ambos Bancos, siendo el Banco Agrícola Comercial la sociedad incorporante y el Banco de Desarrollo la Sociedad incorporada, trasladándose el patrimonio de este al primero.
FUNDAMENTO DE LA IMPUTACION
Esta comprobado con la existencia del titulo valor que he mencionada un hecho tipificado como delito, solo necesita jurisdiccionalidad, y existen elementos de convicción suficientes para sostener razonablemente que imputada es autora directa del hecho que le atribuyo, porque subjetivamente su acción la oriento a lesionar el bien jurídico del orden socioeconómico objetivamente tuvo el dominio de la ejecución del hecho, basándome en lo que regula el art. 33 pn., pues concurren las circunstancias precisas, concordantes y suficientes, extraídas de los aspectos siguientes:
1.- Que el cheque fue librado y expedido para pago voluntariamente por la señora MARIA MAGDALENA RIVAS DE GODINEZ, quien es la persona autorizada para firmarlo, lo cual se concluye de la razón puesta en el cheque, por el empleado del banco ya mencionada.
2.- Que al momento de la presentación del cheque para su cobro, no existía disponibilidad de fondos en la cuenta de la imputada, por lo tanto incurrió en falta de pago en el cheque, al tiempo de su presentación.
3.- Que el protesto se practico el día**** y que el escrito de acusación le he presentado en tiempo, es decir, después de los tres días de protestado, el cheque respectivo, según lo establece el Art. 243 numeral dos pn.
OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
Con base en el Art. 314 numeral cinco y 317 pr pn. ofrezco la prueba siguiente:
Cheque original según serie A numero cero uno seis siete cero cero cero dos dos cuatro dos, base de la insolvencia punible, en cuyo reverso consta el protesto puesto por el empleado del Banco Agricola Comercial, con lo cual pretendo probar la existencia del delito y que el titulo valor ya mencionada fue librado efectivamente por la señora MARIA MAGDALENA RIVAS DE GODINEZ, y fue rechazado por insuficiencia de fondos.
Se cite a declarar como testigos al Licenciado Manuel de Jesús Cea, quien es de***años de edad, Abogado y Notario, del domicilio Sonsonate, y ******, quienes pueden ser localizados vía fax al telefono 451 5868, con quienes pretendo probar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que la señora RIVAS DE GODINEZ, emitió el cheque objeto de esta acusación, lo cual conlleva a una certeza positiva de su participación en el hecho por el cual la estoy acusando.
En consecuencia PIDO:
Se me admita la presente acusación contra la señora MARIA MAGDALENA RIVAS DE GODINEZ, por los hechos expresados, y que se adecuan al delito de CHEQUE SIN PROVISION DE FONDOS, previsto en el Art. 243 numeral primero pn.
Tenerme por parte en el carácter en que comparezco y se agregue el cheque debidamente protestado y en su oportunidad se reciba como prueba en la forma que la ley prescribe, y oportunamente se cite y reciba la declaración de los testigos MANUEL DE JESUS CEA Y ****, de generales ya expresadas, y se proceda conforme lo establecido en el Art.402 pr. pn.
Señalo para oir notificaciones y para localizar a la victima el telefax numero 4515868.
Ahuachapan, a los****de dos mil dos
El siguiente usuario dijo gracias: Lic_Balmoris, Pasante, julio pineda, Marday, Hernandez007

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29 Jun 2012 21:30 #4 por lissa
Respuesta de lissa sobre el tema Re: MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
POR AQUÍ TE DEJO UNA COLEGA... ESPERO TE SIRVA¡¡¡ ;) solo que revisa bien, los artículos ok...


SEÑOR JEFE DE LA FISCALIA DE LA REPUBLICA
REGIONAL DE

, de
años de edad, abogado, del domicilio de esta ciudad, con tarjeta de identificación de abogado número
, a usted con el debido respeto le EXPONGO:
Que tal como lo compruebo con fotocopia certificada por notario del testimonio de la escritura pública de poder especial, soy apoderada del señor
de
años de edad, de este domicilio, portador de su documento único de identidad número:
.
Que con expresas instrucciones de mi mandante vengo a presentar querella de conformidad a los artículos noventa y cinco y siguientes del Código procesal penal, en contra de los señores
, por atribuírseles la infracción penal de ESTAFA AGRAVADA, tipificado y sancionado en los artículos doscientos quince y doscientos dieciséis numero dos del Cp.

DATOS DEL IMPUTADO

Señor
, mayor de edad, de este domicilio, con documento único de identidad numero
, residente en
.

RELACION DE LOS HECHOS

Los hechos sucedieron a partir del mes de
del año de ---- en razón de que mi poderdante conoció al señor
quien le prometió comprarle --- a mi poderdante, prometiéndole que le pagaría en plazo de un mes, haciéndole el primer pedido el día---- del corriente año; pero la sorpresa fue que no le quiso firmar la factura del primer pedido que asciende a la cantidad de CINCO MIL DOLARES , según numero de factura número
porque esta factura se la pagaría al recibir la próxima entrega, la cual fue entregada el día
del mismo mes por la cantidad de CINCO MIL DOLARES según número de factura
, sucediendo la misma historia que en la primera vez, prometiendo el querellado que pronto le pagaría todo y tampoco le quiso firmar la factura, convenciendo con engaño a mi cliente que le pagaría dentro de un mes, por lo que hizo otro pedido el que fue entregado el día---- por una cantidad de SEIS MIL DOLARES según factura número
, diciéndole el imputado que pronto tendría el dinero para pagarle que no tuviera ninguna duda que el le pagaría hasta intereses y el dinero el dinero se le multiplicaría y le dijo que le llevara mas producto, por lo que accedió y les llevo mas por una cantidad de SIETE MIL DOLARES según factura número
. Quien recibió toda la mercadería en el lugar de residencia siendo esta en
y que con el propósito de no responder a mi representado se le esconde, habiendo logrado el propósito perseguido, por el imputado de obtener un beneficio económico en perjuicio de mi poderdante, sumándose un total de
.
Que en muchas ocasiones a la fecha de entrega mi poderdante ha intentado contactar con el referido señor y que en algunas oportunidades este lo ha atendido, pero solo par manifestarle que no es posible entregarle la mercadería ni el dinero porque no lo tiene y que es por gusto ponerle denuncia, porque el se ha asesorado y consideran que es una deuda y que por tales obligaciones no existe posibilidad de entablar un proceso penal en su contra.

ADECUACION JURIDICA DE LOS HECHOS.

Los hechos antes narrados se adecuan a consideración del suscrito Querellante a la figura penal de ESTAFA AGRAVADA regulada y sancionada en los artículos doscientos quince, doscientos dieciséis número dos del Cp. El cual textualmente narra: “el que obtuviere para si o para otro un provecho injusto en perjuicio ajeno, mediante ardid o cualquier otro medio de engañar o sorprender la buena fe, será sancionado con prisión de dos a cinco años, si la defraudación fuese mayor de doscientos colones
Para la fijación de la sanción el juez tomara en cuenta la cuantía del perjuicio, la habilidad o la astucia con que el agente hubiere procedido y si el perjuicio hubiere recaído en persona que por falta de cultura o preparación fuere fácilmente engañable”



ESTAFA AGRAVADA
Articulo doscientos dieciséis. El delito de estafa será sancionado con prisión de cinco a ocho años, en los casos siguientes:
2) cuando se colocare a la victima o su familia en grave situación económica, o se realizare con abuso de las condiciones personales de la victima o aprovechándose el autor de su credibilidad empresarial o profesional.
De hecho a criterio del suscrito querellante, se han materializado los elementos exigidos por la norma penal, tanto objetivos como subjetivos los cuales se detallan a continuación.
1) ENGAÑO: se concretiza en razón de una simulación o disimulación de unas personas capaces de inducir a error a otra persona; lo cual puede ser de hechos falsos o verdaderos. En cuanto al presente elemento, se cuenta con el sujeto activo señor (imputado) quien simulaba ser buena persona, para preparar la comisión de la infracción penal, pues por algún tiempo visito a mi representado y platicaba con el en una forma amigable. Y mostrando responsabilidad a fin de lograr convencerlo que le entregara el pedido que había planeado estafarle, y en la misma forma premeditada continuaban insistiendo en las entregas de los mismos, haciendo creer a mi representado, que cumpliría con la obligación de cancelar como lo había acordado.
Perfeccionándose la conducta del agente activo en el engaño, inclusive posee el cinismo de decirle a la victima que no era posible entablar una denuncia penal, por tratarse de una deuda, que ya los habían asesorado.
2) ERROR: se materializa en cuanto y en tanto en el engaño puesto en practica por el sujeto activo que motiva al sujeto pasivo en poner en practica una disposición patrimonial injusta y perjudicial; o sea que a partir de las ideas falsa que el querellado proporciono a la victima, que le entregara una cantidad solicitada de producto, fue lo que genero que la victima dispusiera de su patrimonio, para hacerles las entregas de producto solicitado, siendo importante también a los mismos efectos de la relación amistosa que mostró y que suponía que existía entre victima y querellado.
3) ACTO DE DISPOSICION PATRIMONIAL: deviene de un acto de afectación del patrimonio, ya sea de un hecho que constituya o no a la conservación de aquel; implica en el caso que nos ocupa que estamos ante un perjuicio patrimonial del señor
, quien en la creencia que recibiría el pago de la mercadería entregada de parte de los querellados, les proporciono la cantidad de
siendo coherente la circunstancia que se ha materializado un perjuicio patrimonial, tal como lo demanda el articulo tres del Cp.
4) ANIMO DE LUCRO: tratándose de un delito de daño al Bien Jurídico patrimonial, debe considerarse este elemento como la finalidad básica del sujeto activo y se ha relacionado en muchas oportunidades que el señor
obtuvo un provecho injusto de
dólares y no ha efectuado contraprestación de ninguna naturaleza al respecto y que son el presupuesto que se puede concluir que era perseguido por el señor (querellado), ya que a la fecha, a nueve meses de lo sucedido no hace mas que esconderse y burlarse de la forma como sorprendió la buena fe de su victima.
5) DOLO: elemento subjetivo que no se puede negar la existencia del mismo, pues únicamente debemos de buscar el grado de conciencia del señor (demandado) al actuar en perjuicio de una persona que confiaba en una relación de amistad y de negocios y de una promesa, que nunca cumplió el señor
o sea solamente debe considerarse el elemento (cognitivo) y la voluntad ( elemento volutivo) de engañar, lo cual se puesto en practica sin lugar a duda alguna, desde la perspectiva de efectuar transacciones con personas, que con la intención de antemano de no responder en lo que a este correspondía cumplir.
6) CIRCUSNTANCIAS AGRAVANTES: básicamente debemos tomar en cuenta que el hecho coloca a la victima y familia de la misma en una situación económica grave, aprovechándose los autores de su credibilidad empresarial y que aparento ser persona responsable para conseguir el objetivo perseguido.


FUNDAMENTO DE LA ACUSACION:

La presente acusación se fundamenta en los elementos indicatorios, precisos, graves y concordantes que vinculados entre si conllevan a concluir en la existencia de la infracción penal de ESTAFA AGRAVADA, a si como también certeramente la participación del indiciado
como autor directo de conformidad al articulo treinta y tres del código penal, elementos que de igual forma se ofrecen con la querella y que se detallan a continuación:
Se cuenta con la argumentación de la victima
, a si como también la versión de los testigos
, ambos mayores de edad, de este domicilio y quienes se requieren sea recibida la entrevista en la etapa de investigación, testigos que pueden ser citados a través del suscrito querellante.

MEDIDA CAUTELAR

Siendo que la infracción penal imputada es de las que e consideran como graves sobre la base del artículo dieciocho del Cp. Es de considerar que el imputado puede intentar sustraerse de la justicia, por lo tanto la detención provisional de conformidad al articulo doscientos noventa y dos y siguientes del Cpr y es la que se pretende sea requerida en su momento procesal oportuno, siendo aplicable también que le anteceda a la misma la aplicabilidad precautelar de la Detención Administrativa de conformidad a los parámetros regulados en el mismo articulo doscientos ochenta y nueve del ultimo cuerpo normativo relacionado.

PRONUNCIAMIENTO DE LA ACCION CIVIL
Siendo que el señor
, se constituye parte querellante a fin de velar directamente por el respeto y protección de lo derechos que le asisten, por este medio conjuntamente con la acción penal se insta en el ejercicio de la acción civil, deveniente del ilícito en contra del imputado, tal como lo demanda los artículos ciento catorce y siguientes del Cp. Y cuarenta y dos y siguientes del Cpr.

PETITORIO:
Por lo antes relacionado y de conformidad a las deposiciones legales comentadas con el debido respeto le PIDO:
• Téngase por presentada querella en contra del señor --- y procédase a realizar las diligencias propuestas a efecto de estableces los extremos de ley; y
• En su oportunidad promuévase las acciones correspondientes en base a lo establecido en los artículos cinto noventa y tres de la Constitución de la República y doscientos cuarenta y siete del cPr. Poniéndose a disposición de la autoridad Judicial la correspondiente querella, a fin de que se pronuncie de su admisibilidad.
Señalo para oír notificaciones en
,
El siguiente usuario dijo gracias: Lic_Balmoris, Pasante, Dany Zepeda, melymad, julio pineda, Marday, William9330, Hernandez007

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03 Jul 2012 01:20 #5 por Lic_Balmoris
Respuesta de Lic_Balmoris sobre el tema Re: MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
es por la venta de un inmueble, que anteriormente ya habia sido vendido, gracias colega

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07 Ene 2013 14:30 #6 por suscrito
Respuesta de suscrito sobre el tema Re: MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
excelentes aportes colegas

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03 Jun 2013 19:33 #7 por H3nry
Respuesta de H3nry sobre el tema Re: MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
Gracias, es buena

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22 Sep 2015 15:39 #8 por Hernandez007
Respuesta de Hernandez007 sobre el tema MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
Que Dios bendiga a quien invento este foro y a quienes con sus aportaciones nos ayudan a salir de varias situaciones, que si no las encontráramos aquí; andaríamos algo perdidos, excelentes aportaciones colegas, éxitos!

Mat. 7:12 "Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque esto es la ley y los profetas". F: JESUS

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15 Nov 2016 19:13 #9 por ferpanama
Respuesta de ferpanama sobre el tema MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
Gracias colegas por sus aportaciones

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08 Ago 2017 10:51 #10 por julio pineda
Respuesta de julio pineda sobre el tema MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
Buenos dias tengan todos mis queridos Colegas.
solicito de su valiosa ayuda,
en relación a que me puedan proporcionar un Modelo de Denuncia penal por medio de Apoderado Legal, por el delito de amenazas y con relación
y
Un Modelo de Acusación por delito de acción privada

de antemano muchas gracias.-

Atte.

Lic Julio César Pineda Guerra

Julio Cesar Pineda Guerra

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17 Feb 2019 12:48 #11 por GynaMorales
Respuesta de GynaMorales sobre el tema MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA
Buenas tardes colegas quisiera su opinión al respecto

Un amigo adquirió una propiedad de una lotificadora, a través de una cesión de derecho que le hizo la que estaba cancelando la propiedad en dicha lotificacion, el continua los pagos, la que le cedió los derechos fallece.
Ahora que el termina de cancelar dicha propiedad, se encuentra con que el encargado de cobrar le dice que les avisara a los señores para que le firmen la escritura pero eso jamas sucede, haciendo averiguaciones pues ya no radican en el país

Que se puede hacer en este caso?

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18 Feb 2019 06:18 #12 por ABOGADONOTARIOES
Respuesta de ABOGADONOTARIOES sobre el tema MODELO DE QUERELLA POR ESTAFA

GynaMorales escribió: Buenas tardes colegas quisiera su opinión al respecto

Un amigo adquirió una propiedad de una lotificadora, a través de una cesión de derecho que le hizo la que estaba cancelando la propiedad en dicha lotificacion, el continua los pagos, la que le cedió los derechos fallece.
Ahora que el termina de cancelar dicha propiedad, se encuentra con que el encargado de cobrar le dice que les avisara a los señores para que le firmen la escritura pero eso jamas sucede, haciendo averiguaciones pues ya no radican en el país

Que se puede hacer en este caso?


Denuncia por estafa.

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