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RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.

11 Nov 2011 22:42 #6 por mccastillo
Respuesta de mccastillo sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Bueno quiero comentarle que se necesita realizar las diligencias de rectificacion de patidas de nacimiento y de matrimonio, le adjunto ambas diligencias que realice en el 2010, esta es la base solo lo adecua a lo que se necesita,
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El siguiente usuario dijo gracias: alejoarch1, juridicos

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12 Nov 2011 04:32 #7 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Colega comente su caso con otros colegas valga la rebundancia, y me dijeron que si es posible tener contacto con el notario que hizo la escritura de matrimonio, el puede rectificarla, incluso enmendarla, luego de eso, se tendria que pedir un testimonio de esa escritura ya enmendada o rectificada, y con ese se va a hacer el cambio a la alcaldia, pero no es algo que yo haya hecho antes, seria de averiguarse si eso se puede hacer en la seccion de notariado, porque por medio de rectificacion de partida de matrimonio no lo veo viable, a menos que se tenga un documento que deje claro el error.

LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
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15 Nov 2011 17:38 #8 por alejoarch1
Respuesta de alejoarch1 sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Gracias colega por la sugerencia.



bendiciones

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22 Nov 2011 21:04 #9 por Vilma11
Respuesta de Vilma11 sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Considero que no es cuestion de error por que la ley del nombre en su articulo 21 nos habla sobre la eleccion de la mujer en utilizar la particula "de" junto con el apellido de su conyugue, la cual dice que se realizara en acta matrimonial o en la escritura publica de matrimonio. Les comento que hace unos meses a la oficina se acerco una señora que decidio que despues de 5 años de casada queria usar la particula "De" acompañada de su apellido del esposo. Razon por la cual le procedio porque se rectifica la partida de matrimonio...ya que es por libre eleccion..no te preocupes te procedera la rectificacion de partida

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19 Nov 2014 19:43 #10 por marvinorlandoramírez
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Estimada Licda. Vilma 11, he leído que en su oficina se llevó diligencias de rectificación para agregar la partícula DE, podría compartirme dichas diligencias, ya que se me ha presentado un caso parecido solo que este es un matrimonio celebrado en Estados Unidos ante un juez de allá y tampoco se consignó el Régimen matrimonial; y la verdad no tengo ni idea que prueba presentar pues la partida no adolece de error sino de omisión.

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19 Nov 2014 22:40 #11 por Jose Ulises Fuentes
Respuesta de Jose Ulises Fuentes sobre el tema RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
El notaria tendria que rectificar el testimonio de escristura publica de matrimonio y presentarlo para que le agren la particula De

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20 Nov 2014 12:00 #12 por lucizealaya
Respuesta de lucizealaya sobre el tema RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Es de conocer si usted tiene comunicacion con el abogado/notario que realizo dicha escritura publica, ya que el podria enmendar el error que se presento Al momentonde marginar la partida.

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22 Nov 2014 13:25 #13 por marvinorlandoramírez
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
El caso es que l matruimonio de celebró ante un Juez estadounidense, y según tengo entendido allá venden las licencias para casarse sin tanto requisito, en dicho documento no consta que se hallan pronunciado al respecto. Desearía saber si es correcto hacer una escritura donde se consigne el apellido de casada y el régimen patrimonila a llevar, ya que no hubo error sino omisión de datos, dado los requisitos que piden las autoridades estadounidenses.

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23 Nov 2014 11:37 #14 por lost canvas
Respuesta de lost canvas sobre el tema RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
PARA EL COLEGA MARVINORLANDORAMIREZ, en su caso lo que procede es realizar dos escrituras, una ADECUACION DE NOMBRE DE MUJER CASADA, y una de ESTABLECIMIENTO DE REGIMEN PATRIMONIAL, me imagino que el matrimonio celebrado en estados unidos ya esta inscrito en EL SALVADOR, y sino por ahi es de empezar, cuando ya tenga la partida de matrimonio inscrita en la alcaldia de san salvador, prosiga con lo otro sugerido. (DEBEN COMPARECER LOS DOS o sus respectivos apoderados en el segundo caso)

En cuanto al caso del colega del error de la partida de matrimonio cuyo omisión es que no se consignó el nombre de la señora como mujer casada, le doy dos sugerencias, una es solicitar la revisión de las diligencias del notario en la seccion de notariado, si en ellas aparece que la señora expresó usar el nombre de casada con la partícula "DE", ya la hizo¡¡¡, pide certificación de las diligencias, y agrega el testimonio de escritura pública del matrimonio de la interesada, y efectivamente procede rectificar la partida de matrimonio por OMISION de ese dato, dado que el mismo codigo de familia y la ley del nombre obligan a que el notario lo consigne en el instrumento público.

Y es que el detalle es que si no aparece ni en las diligencias o el instrumento público del matrimonio la decisión de la esposa para el uso de nombre de mujer casada, no es posible interpretarla, y el código de familia ni la ley del nombre establecen alguna solución supletoria al respecto.

Ahora acá surge una pregunta interesante que podría darnos otra solución, EL REGISTRADOR DEL ESTADO FAMILIAR DEBIÓ ADVERTIR QUE EL INSTRUMENTO PUBLICO DE MATRIMONIO NO CONTENIA EL USO DEL NOMBRE DE MUJER CASADA??? si la respuesta es afirmativa, no se trata de un error material de conformidad al artículo 17 de la ley transitoria del estado familiar y de los regimenes patrimoniales del matrimonio?; tomen en cuenta el literal c) y que tienen la certificación del acta prenunpcial, y al cotejarla resulta que la señora si expresó como usaria su nombre de mujer casada.

Rectificación y subsanación de asientos

Art. 17.- Los registradores de familia a solicitud de las personas a las que se refiere el asiento, sus representantes legales o los herederos de aquellos, podrán rectificar bajo su responsabilidad y mediante resolución motivada las omisiones materiales y los errores materiales o manifiestos, cometidos al asentarse un hecho o acto en los registros.

Un error u omisión son materiales o manifiestos:

a) Cuando en el asiento se alteren frases o información contenida en los documentos originales, se copien unas palabras por otras, se escriban éstas en forma incorrecta o se supriman palabras o pasajes incluidos en tales documentos;

b) Si se desprende de la sola lectura del respectivo asiento; y,

c) Cuando se deduce de los antecedentes que le dieron origen a la inscripción o de su cotejo con otros documentos públicos o auténticos.

Cualquier otro tipo de rectificación o subsanación de asiento sólo podrá practicarse en acatamiento de resolución judicial o mediante actuación notarial cuando sea procedente.


Finalmente, nóten que sólo el hecho que la ley impone a los notarios la obligación de consignar el nombre de mujer casada, desde es una omisión, el problema en sí es que no se puede interpretar la intención que tuvo la esposa en su momento, salvo que se pudiese probar, ejemplo testigos que hayan escuchado su intención, o la misma acta prenupcial; A mi criterio personal sino se tiene como probar la omisón o error, lo que procede es una ADECUACION DE NOMBRE, en el que la mujer exprese como usará su nombre como mujer casada, de conformidad a los articulos 25 y 39 de la Ley del nombre de la persona natural.

CODIGO DE FAMILIA:

ACTA PREMATRIMONIAL

Art. 21.- Las personas que pretendan contraer matrimonio lo manifestarán al funcionario autorizado, quien previa lectura y explicación de los artículos 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 41, 42, 48, 51 y 62 de este Código les recibirá en acta, declaración jurada sobre su intención de contraerlo y que no tienen impedimentos legales ni están sujetos a prohibición alguna.

En dicha acta se consignarán el nombre, edad, estado familiar, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio o lugar de nacimiento de cada uno de los contrayentes, así como el nombre, profesión u oficio y domicilio de sus padres, el régimen patrimonial si ya lo hubieren acordado, el apellido que usará la mujer al casarse, y en su caso, los nombres de los hijos que reconocerán en el acto de matrimonio.

Los solicitantes presentarán sus documentos de identidad y las certificaciones de sus partidas de nacimiento, las cuales deberán haber sido expedidas dentro de los dos meses anteriores a la petición, agregándose las últimas al expediente matrimonial, que se inicia con el acta indicada.

INSTRUMENTO DE MATRIMONIO

Art. 28.- Todo lo actuado de conformidad al artículo anterior, se consignará inmediatamente en el Libro de Actas Matrimoniales que llevarán los funcionarios autorizantes o en la escritura que formalizará el notario; instrumentos que deberán firmarse por los cónyuges, los testigos, el funcionario autorizante y el secretario respectivo, en su caso el intérprete si lo hubiere.

En el instrumento matrimonial se hará constar el régimen patrimonial que se hubiere acordado o a falta de acuerdo sobre el mismo, el que se aplicará como supletorio; el apellido que usará la mujer; y el reconocimiento de los hijos procreados en común.


LEY DEL NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL:

APELLIDO DE LA MUJER CASADA

Art. 21.- La mujer que contraiga matrimonio podrá seguir usando sus apellidos, o agregar a continuación de su primer apellido el primero del cónyuge, precedido o no de la partícula "de". La elección deberá constar en el acta matrimonial o en la escritura pública de matrimonio y consignarse por marginación en la partida de nacimiento.

En caso de divorcio o de nulidad del matrimonio, se cancelará la marginación correspondiente.

ADECUACION DE NOMBRE A ESTA LEY

Art. 39.- La persona cuyo nombre no esté conforme con las disposiciones de esta ley, podrá continuar usándolo sin modificaciones o adecuarlo a ella.

Toda adecuación que no tuviere trámite especial señalado se hará en escritura pública que se relacionará al margen de la partida de nacimiento.

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El siguiente usuario dijo gracias: marvinorlandoramírez

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24 Nov 2014 11:38 #15 por marvinorlandoramírez
Respuesta de marvinorlandoramírez sobre el tema RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Infinitas gracias lost canvas.

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25 Sep 2015 02:13 #16 por juridicos
Respuesta de juridicos sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Le agradezco mucho colega, que Dios lo bendiga, fíjese que yo estoy aprendiendo a usar esto, y realmente es una bendición y apoyo, muchas gracias nuevamente colega

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14 Nov 2015 10:16 #17 por Alexis duarte
Respuesta de Alexis duarte sobre el tema Re: RECTIFICACION DE MARGINACION DE PARTIDA DE NAC.
Yo tengo el mismo problema pero creo que una escritura de adecuación es lo más apegado a la ley

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