Colega, el juez le pidio a mi modo de parecer una cosa ridicula, porque si el fulanito esta fallecido y dices que no tiene nit, entonce, que impuesto se le va a imponer a saber, jajajaja, pero bueno podes intentarlo otra vez, se puede tramitar nit de personas vivas, solo se debe presentar un poder general administrativo con clausula especial, tambien con un poder general se va, yo pedi uno una vez para otra clase de proceso, pero en este caso, ahora bien que puedes hacer? puedes ir al registro a buscar los datos de inscripcion de ese inmueble, ahi aparecen los numeros de nit de los otorgantes, con eso ya tendras el numero e nit si es que tuvo, con suerte pueda que encuentres el instrumento de propiedad completamente escaneado, pregunta si en la certificacion literal de ese instrumento constan todos esos documentos, si es asi ya la hicistes, eso no lo recuerdo con exactitud. Ahora si de plano no tuvo nit nunca entonces bastaba que le dijeras al juez en la prevencion que nunca obtuvo uno según tenes conocimento, pero en caso de no estar satisfecha con esa respuesta que mande un oficio al ministerio de hacienda pidiendo se le informe si este tuvo nit o no.
Segunda opcion, promueve las diligencias de aceptacion de herencia, sobre la base de que tu cliente es sobrina del causante, diciendo que su madre era hermana de él, que sus abuelos ya fallecieron tambien me imagino que ya han de estar muertos tambien,y que este no tuvo hijos, la Ley no te obliga a indagar si el causante tuvo hijos o no, presentar las defunciones, las partidas de nacimiento con el que legitimaras el derecho de tu cliente y hay se va, asunto arreglado.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.